Para sociosEmpresas de Software Libre de Andalucía - ANDALIBREhttps://www.andalibre.org/index.php/para-empresas-socias/6-gobierno-y-gestion2019-12-18T10:59:51ZJoomla! 1.5 - Open Source Content ManagementInformación legal. Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE2011-03-28T12:42:38Z2011-03-28T12:42:38Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/informacion-legalJunta directivaabarrio@opentia.net<p>ANDALIBRE es una Asociación Empresarial legalmente establecida y registrada en Andalucía (España) y regida por unos <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/estatutos" target="_top" title="Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE - Estatutos">estatutos</a> públicos y una junta directiva elegida por sus empresas socias. De acuerdo a ello Andalibre se somete al ordenamiento jurídico de España y de Andalucía aportando la información que exigen las leyes:</p><p> </p><p><strong>Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (<a href="http://www.mityc.es/dgdsi/lssi/Documents/ltriptico.pdf" target="_blank" title="Tríptico de ayuda al cumplimiento de la LSSICE">LSSICE</a>)</strong></p><p>Titular de esta web: <a href="https://www.andalibre.org//" target="_top" title="Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE">Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía "ANDALIBRE"</a><br />CIF: G92945401<br />Información de contacto: <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/junta-directiva" target="_blank" title="Junta Directiva de la Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE">Junta Directiva de Andalibre</a><br />Códigos de conducta: <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/estatutos" target="_top" title="Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE - Estatutos">estatutos de Andalibre</a> y adhesión a Federación nacional <a href="http://www.asolif.es" target="_top" title="Federación Española de Patronales de Software Libre, ASOLIF">ASOLIF</a><br />Teléfono de contacto: (+34) 918.38.38.58 (temporal)<br />Domicilio social: Av. Juan López de Peñalver, 21 / Parque Tecnológico de Andalucía / Málaga / España<br />Precios: <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/cuotas-socios" target="_blank" title="Cuotas a socios. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE">Tabla de cuotas a empresas socias</a><br />Cuenta bancaria para pagos: La Caixa 2010 / 4776 / 70 / 02000050473</p><p> </p><p><strong>Ley Orgánica 12/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)</strong></p><p> </p><div><strong><br /></strong></div><p> </p><p>ANDALIBRE es una Asociación Empresarial legalmente establecida y registrada en Andalucía (España) y regida por unos <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/estatutos" target="_top" title="Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE - Estatutos">estatutos</a> públicos y una junta directiva elegida por sus empresas socias. De acuerdo a ello Andalibre se somete al ordenamiento jurídico de España y de Andalucía aportando la información que exigen las leyes:</p><p> </p><p><strong>Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (<a href="http://www.mityc.es/dgdsi/lssi/Documents/ltriptico.pdf" target="_blank" title="Tríptico de ayuda al cumplimiento de la LSSICE">LSSICE</a>)</strong></p><p>Titular de esta web: <a href="https://www.andalibre.org//" target="_top" title="Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE">Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía "ANDALIBRE"</a><br />CIF: G92945401<br />Información de contacto: <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/junta-directiva" target="_blank" title="Junta Directiva de la Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE">Junta Directiva de Andalibre</a><br />Códigos de conducta: <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/estatutos" target="_top" title="Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, ANDALIBRE - Estatutos">estatutos de Andalibre</a> y adhesión a Federación nacional <a href="http://www.asolif.es" target="_top" title="Federación Española de Patronales de Software Libre, ASOLIF">ASOLIF</a><br />Teléfono de contacto: (+34) 918.38.38.58 (temporal)<br />Domicilio social: Av. Juan López de Peñalver, 21 / Parque Tecnológico de Andalucía / Málaga / España<br />Precios: <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/cuotas-socios" target="_blank" title="Cuotas a socios. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE">Tabla de cuotas a empresas socias</a><br />Cuenta bancaria para pagos: La Caixa 2010 / 4776 / 70 / 02000050473</p><p> </p><p><strong>Ley Orgánica 12/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD)</strong></p><p> </p><div><strong><br /></strong></div><p> </p>Cuotas a socios. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2010-01-28T18:59:54Z2010-01-28T18:59:54Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/cuotas-sociosJunta directivaabarrio@opentia.net<p style="text-align: justify"><a href="https://www.andalibre.org//" target="_blank" title="AndaLibre"><strong>ANDALIBRE</strong></a>, la Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, tiene entre sus fines ofrecer unos determinados <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/beneficios-socios" target="_top" title="Servicios y Beneficios para las empresas de software libre de Andalibre">servicios y beneficios</a> a sus empresas socias, además de la representatividad única del sector. Estos servicios se autofinancian con las cuotas de sus socios principalmente, además de por posibles actividades puntuales que desarrolle la Asociación como puedan ser la organización de ferias, congresos, proyectos y otras colabraciones.</p><p style="text-align: justify">La Asamblea General Ordinaria de 4 de marzo de 2010 estableció las cuotas actualmente vigentes, así como la tabla de tramos para las mismas. Éstas son:</p><table border="0" width="354" height="84" align="center"><tbody><tr><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid">Categorías<br /></td><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><p align="center"><strong>Unipersonal</strong></p><p align="center"><em>1 trabajador </em></p></td><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><p align="center"><strong>MicroPYME</strong></p><p align="center"><em>de 2 á 10 trabajadores </em></p></td><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><p align="center"><strong>PYME</strong></p><p align="center"><em>más de 10 trabajadores </em></p></td></tr><tr><td align="left" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><strong>Cuota de alta</strong><br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 100,00 EUR<br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 250,00 EUR </td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid">500,00 EUR <br /></td></tr><tr><td align="left" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><strong>Cuota anual</strong><br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 300,00 EUR<br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 720,00 EUR </td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid">1.440,00 EUR<br /></td></tr></tbody></table> <div style="text-align: justify">Según decisión de la junta directiva, las cuotas se cobran por semestres adelantados, y según decisión de la Asamblea General Extraordinaria de 28 de octubre de 2010, en 2010 los socios existentes deberán pagar al menos la cuota correspondiente al 4º trimestre completo de 201. Para ello la Asociación dispone de una cuenta bancaria en La Caixa con número <strong>2010 / 4776 / 70 / 0200050473</strong>, que está también abierta a donaciones y otras contribuciones.</div><div style="text-align: justify"> </div><div style="text-align: justify">De acuerdo a lo anterior, la Tesorería de la Asociación está facultada para demandar a una empresa pruebas del número de empleados que tiene mediante por ejemplo aportación de los correspondientes boletines de la Seguridad Social. <br /></div><div style="text-align: justify"> </div><div style="text-align: justify">A cambio de estos pagos <a href="https://www.andalibre.org//" target="_blank" title="AndaLibre"><strong>AndaLibre</strong></a> ofrece interesantes servicios y ventajas a sus socios, según un modelo vi<img class="caption" src="https://www.andalibre.org/images/stories/unete001-scxhu-188x90.png" border="0" alt="Afilie su empresa a AndaLibre" title="Afilie su empresa a AndaLibre" hspace="10" vspace="5" align="right" />gente y exitoso ya maduro en otras asociaciones regionales de <a href="http://www.asolif.es" target="_top" title="Federación ASOLIF">ASOLIF</a>. </div><div style="text-align: justify"> </div><div style="text-align: justify">Su empresa podrá recibir todos estos servicios y muchos más dándose de <a href="https://www.andalibre.org/index.php?option=com_content&view=article&id=16&Itemid=33&lang=es" target="_blank" title="Alta en AndaLibre de nuevos socios">alta en AndaLibre</a>.</div><p> </p><p style="text-align: justify"><a href="https://www.andalibre.org//" target="_blank" title="AndaLibre"><strong>ANDALIBRE</strong></a>, la Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, tiene entre sus fines ofrecer unos determinados <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/beneficios-socios" target="_top" title="Servicios y Beneficios para las empresas de software libre de Andalibre">servicios y beneficios</a> a sus empresas socias, además de la representatividad única del sector. Estos servicios se autofinancian con las cuotas de sus socios principalmente, además de por posibles actividades puntuales que desarrolle la Asociación como puedan ser la organización de ferias, congresos, proyectos y otras colabraciones.</p><p style="text-align: justify">La Asamblea General Ordinaria de 4 de marzo de 2010 estableció las cuotas actualmente vigentes, así como la tabla de tramos para las mismas. Éstas son:</p><table border="0" width="354" height="84" align="center"><tbody><tr><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid">Categorías<br /></td><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><p align="center"><strong>Unipersonal</strong></p><p align="center"><em>1 trabajador </em></p></td><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><p align="center"><strong>MicroPYME</strong></p><p align="center"><em>de 2 á 10 trabajadores </em></p></td><td style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><p align="center"><strong>PYME</strong></p><p align="center"><em>más de 10 trabajadores </em></p></td></tr><tr><td align="left" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><strong>Cuota de alta</strong><br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 100,00 EUR<br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 250,00 EUR </td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid">500,00 EUR <br /></td></tr><tr><td align="left" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"><strong>Cuota anual</strong><br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 300,00 EUR<br /></td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid"> 720,00 EUR </td><td align="center" style="border-width: 1px; border-color: #000000; border-style: solid">1.440,00 EUR<br /></td></tr></tbody></table> <div style="text-align: justify">Según decisión de la junta directiva, las cuotas se cobran por semestres adelantados, y según decisión de la Asamblea General Extraordinaria de 28 de octubre de 2010, en 2010 los socios existentes deberán pagar al menos la cuota correspondiente al 4º trimestre completo de 201. Para ello la Asociación dispone de una cuenta bancaria en La Caixa con número <strong>2010 / 4776 / 70 / 0200050473</strong>, que está también abierta a donaciones y otras contribuciones.</div><div style="text-align: justify"> </div><div style="text-align: justify">De acuerdo a lo anterior, la Tesorería de la Asociación está facultada para demandar a una empresa pruebas del número de empleados que tiene mediante por ejemplo aportación de los correspondientes boletines de la Seguridad Social. <br /></div><div style="text-align: justify"> </div><div style="text-align: justify">A cambio de estos pagos <a href="https://www.andalibre.org//" target="_blank" title="AndaLibre"><strong>AndaLibre</strong></a> ofrece interesantes servicios y ventajas a sus socios, según un modelo vi<img class="caption" src="https://www.andalibre.org/images/stories/unete001-scxhu-188x90.png" border="0" alt="Afilie su empresa a AndaLibre" title="Afilie su empresa a AndaLibre" hspace="10" vspace="5" align="right" />gente y exitoso ya maduro en otras asociaciones regionales de <a href="http://www.asolif.es" target="_top" title="Federación ASOLIF">ASOLIF</a>. </div><div style="text-align: justify"> </div><div style="text-align: justify">Su empresa podrá recibir todos estos servicios y muchos más dándose de <a href="https://www.andalibre.org/index.php?option=com_content&view=article&id=16&Itemid=33&lang=es" target="_blank" title="Alta en AndaLibre de nuevos socios">alta en AndaLibre</a>.</div><p> </p>Alta de socios. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-16T11:14:30Z2009-04-16T11:14:30Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/solicitud-altaSecretaríaabarrio@opentia.net<h1 style="text-align: center">Procedimiento de alta de nuevos socios en ANDALIBRE <br /></h1><hr width="100%" size="2" /><p><span style="color: #135cae; font-family: Helvetica,Arial,sans-serif; font-size: 13px; font-weight: bold" class="Apple-style-span">P</span>or favor, respóndase a estas tres preguntas: </p><h3 style="text-align: center">¿Es el suyo un negocio basado en el software libre y los estándares abiertos?</h3><h3 align="center"><em>¿Está asentado en Andalucía o realiza su actividad principalmente desde Andalucía?</em></h3><h3 align="center"><em>¿Opera con forma legal de empresa o autónomo?</em></h3><hr width="100%" size="2" /><p> </p><p><strong>Si ha contestado SÍ a las tres</strong> tenemos el placer de invitarle a ser miembro de <strong><a href="https://www.andalibre.org" title="Empresas de software libre de Andalucía, ANDALIBRE">ANDALIBRE</a></strong>, la Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía. Para ello le rogamos que nos remita la siguiente documentación:</p><blockquote><ul><li>Este<strong> <a href="https://www.andalibre.org/docs/alteracion_datos.odt" title="Formulario de alta y modificación para socios de ANDALIBRE">formulario de adhesión y alteración de datos</a></strong> debidamente relleno.</li><li>Digitalizados en un formato estándar abierto (PNG, JPG, TIFF, PDF, PDF/A, etc.) o fotocopiados, los documentos:<ul><li><strong>Escritura de Constitución</strong> y <strong>Estatutos de la Empresa</strong>, o, en caso de ser un autónomo, <strong>Modelo 036 con el que dio de alta su actividad en Hacienda</strong> (el que incluye los epígrafes del IAE)<strong>.</strong></li><li><strong>Documentos notariales que le confieren poder suficiente</strong> a la persona física que designe para representar a su empresa plenamente ante la Asociación.</li><li><strong>DNI</strong> del representante </li><li><strong>CIF</strong> de la empresa</li></ul></li><li>Breve <strong>memoria explicativa de la actividad de la empresa</strong> (dos o tres párrafos).</li><li>Breve documento o correo electrónico en el que nos <strong>solicite formalmente la adhesión como socio.</strong></li><li><strong>Logotipo</strong> de la empresa en digital para usar en web y material impreso promocional.<strong> </strong></li></ul></blockquote><p>Documentación que nos debe hacer llevar mediante una de estas tres vías:</p><table border="0" align="center"><tbody><tr><td align="center"><strong> Correo electrónico:</strong><br /></td><td align="center">secretaria[@]andalibre·org<br />con copia a <br />presidencia[@]andalibre·org </td></tr><tr><td><strong> Fax:</strong></td><td align="center">(+34) 954-32-00-64<br /></td></tr><tr><td><strong> Correo ordinario:</strong><br /></td><td align="center"><p>ANDALIBRE<br />Edificio BIC Euronova<br />Av. Juan López de Peñalver, 21<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />29590 - Málaga (España</p></td></tr></tbody></table><p>Una vez que la recibamos, la Asociación procederá a estudiar su caso y le notificará en el plazo más breve posible las resolución sobre su admisión como miembro de pleno derecho (Nota: sujeta a posterior confirmación formal de nuestra próxima Asamblea General de acuerdo a lo dispuesto en <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/estatutos" target="_blank" title="Estatutos de Andalibre">nuestros estatutos</a>.)</p><p>Nota importante: <strong><a href="https://www.andalibre.org/" title="Empresas de software libre de Andalucía, ANDALIBRE">ANDALIBRE</a></strong> se reserva el derecho de imponer a sus socios y nuevos socios <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/cuotas-socios" title="Cuotas a socios. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE">cuotas</a> tanto de alta como de pertenencia.</p><p> </p><p> </p><hr width="100%" size="2" /> <!-- @page { margin: 2cm } ADDRESS.cjk { font-style: italic } ADDRESS.ctl { font-style: italic } P { margin-bottom: 0.21cm } --> <address class="western"><font face="helvetica"><font size="2"><strong><em>PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES</em></strong></font></font></address> <address class="western"><br /> </address> <address class="western"><font face="helvetica"><font size="1" style="font-size: 8pt"><em>La Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía "ANDALIBRE" (en adelante ANDALIBRE), sita en Av. Juan López Peñalver, 21, Parque Tecnológico de Andalucía, Málaga, España, con teléfono de contacto 918-38-38-58 y fax 954-32-00-64, y correo electrónico junta@andalibre.org, pone en conocimiento de los usuarios de este portal web con URLs andalibre.org, andalibre.es, andalibre.net y andalibre.eu incluyendo todos sus subdominios, su política de protección de datos de carácter personal, para que los usuarios determinen libre y voluntariamente si desean facilitar a ANDALIBRE los datos personales que se les requieran con ocasión de la suscripción, registro o cumplimentación de cualquier formulario de datos en línea, sin perjuicio que se proceda a dar cumplimiento al deber de información de forma pormenorizada en cada uno de los formularios o medios a través de los que se proceda a la recogida de datos de carácter personal. ANDALIBRE, ha realizado la implantación de su política de protección de datos conforme a la vigente LOPD, adoptando todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El nivel de seguridad adoptado está en consonancia con la naturaleza de los datos personales suministrados. Los datos de carácter personal recogidos a través de este sitio web serán tratados de forma leal y lícita conforme a los principios y derechos recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y demás normativa de desarrollo. Los datos de carácter personal que nos facilite serán incorporados a ficheros debidamente inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos, responsabilidad de ANDALIBRE, con las finalidades concretas que se deriven de cumplir adecuadamente con el pedido o servicio que usted nos ha solicitado, así como mantenerle informado acerca de nuevos servicios o promociones desarrollados por ANDALIBRE y que se considere que puedan ser de su interés. Puede ejercer sus derechos de acceso, modificación, oposición y cancelación de sus datos ante ANDALIBRE, con dirección en</em> <em>Av. Juan López Peñalver, 21, Parque Tecnológico de Andalucía, Málaga</em> <em>(España). </em></font></font> </address> <p> </p><h1 style="text-align: center">Procedimiento de alta de nuevos socios en ANDALIBRE <br /></h1><hr width="100%" size="2" /><p><span style="color: #135cae; font-family: Helvetica,Arial,sans-serif; font-size: 13px; font-weight: bold" class="Apple-style-span">P</span>or favor, respóndase a estas tres preguntas: </p><h3 style="text-align: center">¿Es el suyo un negocio basado en el software libre y los estándares abiertos?</h3><h3 align="center"><em>¿Está asentado en Andalucía o realiza su actividad principalmente desde Andalucía?</em></h3><h3 align="center"><em>¿Opera con forma legal de empresa o autónomo?</em></h3><hr width="100%" size="2" /><p> </p><p><strong>Si ha contestado SÍ a las tres</strong> tenemos el placer de invitarle a ser miembro de <strong><a href="https://www.andalibre.org" title="Empresas de software libre de Andalucía, ANDALIBRE">ANDALIBRE</a></strong>, la Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía. Para ello le rogamos que nos remita la siguiente documentación:</p><blockquote><ul><li>Este<strong> <a href="https://www.andalibre.org/docs/alteracion_datos.odt" title="Formulario de alta y modificación para socios de ANDALIBRE">formulario de adhesión y alteración de datos</a></strong> debidamente relleno.</li><li>Digitalizados en un formato estándar abierto (PNG, JPG, TIFF, PDF, PDF/A, etc.) o fotocopiados, los documentos:<ul><li><strong>Escritura de Constitución</strong> y <strong>Estatutos de la Empresa</strong>, o, en caso de ser un autónomo, <strong>Modelo 036 con el que dio de alta su actividad en Hacienda</strong> (el que incluye los epígrafes del IAE)<strong>.</strong></li><li><strong>Documentos notariales que le confieren poder suficiente</strong> a la persona física que designe para representar a su empresa plenamente ante la Asociación.</li><li><strong>DNI</strong> del representante </li><li><strong>CIF</strong> de la empresa</li></ul></li><li>Breve <strong>memoria explicativa de la actividad de la empresa</strong> (dos o tres párrafos).</li><li>Breve documento o correo electrónico en el que nos <strong>solicite formalmente la adhesión como socio.</strong></li><li><strong>Logotipo</strong> de la empresa en digital para usar en web y material impreso promocional.<strong> </strong></li></ul></blockquote><p>Documentación que nos debe hacer llevar mediante una de estas tres vías:</p><table border="0" align="center"><tbody><tr><td align="center"><strong> Correo electrónico:</strong><br /></td><td align="center">secretaria[@]andalibre·org<br />con copia a <br />presidencia[@]andalibre·org </td></tr><tr><td><strong> Fax:</strong></td><td align="center">(+34) 954-32-00-64<br /></td></tr><tr><td><strong> Correo ordinario:</strong><br /></td><td align="center"><p>ANDALIBRE<br />Edificio BIC Euronova<br />Av. Juan López de Peñalver, 21<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />29590 - Málaga (España</p></td></tr></tbody></table><p>Una vez que la recibamos, la Asociación procederá a estudiar su caso y le notificará en el plazo más breve posible las resolución sobre su admisión como miembro de pleno derecho (Nota: sujeta a posterior confirmación formal de nuestra próxima Asamblea General de acuerdo a lo dispuesto en <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/estatutos" target="_blank" title="Estatutos de Andalibre">nuestros estatutos</a>.)</p><p>Nota importante: <strong><a href="https://www.andalibre.org/" title="Empresas de software libre de Andalucía, ANDALIBRE">ANDALIBRE</a></strong> se reserva el derecho de imponer a sus socios y nuevos socios <a href="https://www.andalibre.org/index.php/es/andalibre/cuotas-socios" title="Cuotas a socios. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE">cuotas</a> tanto de alta como de pertenencia.</p><p> </p><p> </p><hr width="100%" size="2" /> <!-- @page { margin: 2cm } ADDRESS.cjk { font-style: italic } ADDRESS.ctl { font-style: italic } P { margin-bottom: 0.21cm } --> <address class="western"><font face="helvetica"><font size="2"><strong><em>PRIVACIDAD Y TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES</em></strong></font></font></address> <address class="western"><br /> </address> <address class="western"><font face="helvetica"><font size="1" style="font-size: 8pt"><em>La Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía "ANDALIBRE" (en adelante ANDALIBRE), sita en Av. Juan López Peñalver, 21, Parque Tecnológico de Andalucía, Málaga, España, con teléfono de contacto 918-38-38-58 y fax 954-32-00-64, y correo electrónico junta@andalibre.org, pone en conocimiento de los usuarios de este portal web con URLs andalibre.org, andalibre.es, andalibre.net y andalibre.eu incluyendo todos sus subdominios, su política de protección de datos de carácter personal, para que los usuarios determinen libre y voluntariamente si desean facilitar a ANDALIBRE los datos personales que se les requieran con ocasión de la suscripción, registro o cumplimentación de cualquier formulario de datos en línea, sin perjuicio que se proceda a dar cumplimiento al deber de información de forma pormenorizada en cada uno de los formularios o medios a través de los que se proceda a la recogida de datos de carácter personal. ANDALIBRE, ha realizado la implantación de su política de protección de datos conforme a la vigente LOPD, adoptando todas las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. El nivel de seguridad adoptado está en consonancia con la naturaleza de los datos personales suministrados. Los datos de carácter personal recogidos a través de este sitio web serán tratados de forma leal y lícita conforme a los principios y derechos recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y demás normativa de desarrollo. Los datos de carácter personal que nos facilite serán incorporados a ficheros debidamente inscritos ante la Agencia Española de Protección de Datos, responsabilidad de ANDALIBRE, con las finalidades concretas que se deriven de cumplir adecuadamente con el pedido o servicio que usted nos ha solicitado, así como mantenerle informado acerca de nuevos servicios o promociones desarrollados por ANDALIBRE y que se considere que puedan ser de su interés. Puede ejercer sus derechos de acceso, modificación, oposición y cancelación de sus datos ante ANDALIBRE, con dirección en</em> <em>Av. Juan López Peñalver, 21, Parque Tecnológico de Andalucía, Málaga</em> <em>(España). </em></font></font> </address> <p> </p>Donaciones en capital. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-08T17:39:01Z2009-04-08T17:39:01Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/donaciones-economicasTesoreríaabarrio@opentia.net<p>Seguidamente se listan las donaciones recibidas en especie por ANDALIBRE:</p><ul><li> </li></ul><p>Seguidamente se listan las donaciones recibidas en especie por ANDALIBRE:</p><ul><li> </li></ul>Donaciones en especie. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-08T17:39:01Z2009-04-08T17:39:01Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/donaciones-especieJunta Directivaabarrio@opentia.net<p>Seguidamente se listan las donaciones recibidas en especie por ANDALIBRE:</p><ul><li> </li></ul><p>Seguidamente se listan las donaciones recibidas en especie por ANDALIBRE:</p><ul><li> </li></ul>Convocatorias. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-06T16:18:25Z2009-04-06T16:18:25Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/convocatoriasPresidenciaabarrio@opentia.net<h1>Próximas convocatorias a socios</h1><p>Se convoca a las empresas socias de ANDALIBRE, así como a las candidatas formales a socias a: </p><ul><li>2010-marzo-04 / 10:00 - <strong>Sesión de Asesoramiento de CITAndalucía</strong> (Consejería de Innovación - Junta de Andalucía)<br /> Centro de Ciencia y Tecnología<br /> Parque Tecnológico de Andalucía<br /> c/ Severo Ochoa, 57<br /> 29590 - Málaga</li></ul><ul><li>2010-marzo-04 / 16:00 - <strong>I Asamblea General Ordinaria</strong><br />Centro de Ciencia y Tecnología<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />c/ Severo Ochoa, 57<br />29590 - Málaga</li></ul><blockquote>AGENDA:<br />===<br />16:00 - Elección de presidente y secretario de la Asamblea<br />16:05 - Presentación de Informe de Situación por junta directiva saliente<br />16:30 - Propuesta y votación sobre cuotas y gerente<br />17:00 - Presentaciones de candidaturas a nueva junta<br />17:15 - Elección de nueva junta directiva<br />17:20 - Admisión de nuevos socios<br />17:30 - Ruegos y preguntas<br />18:00 - Fin de la Asamblea General<br />===<br /></blockquote><h1>Convocatorias previas realizadas</h1><p>A modo de archivo se listan seguidamente las convocatorias realizadas con anterioridad a los socios de AndaLibre:</p><ul><li>2010-enero-17 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE<br /> </strong>Reunión con SANDETEL y CITAndalucía<br />Oficinas de Emergya<br />Av. de la Innovación, 3<br />41020 - Sevilla (España)</li></ul><ul><li>2009-noviembre-14 - <strong>I Encuentro de Empresas de ASOLIF<br /></strong>Junta directiva de ASOLIF y adhesión de AndaLibre a ASOLIF (pospuesta)<br />Centro Madrid on Rails<strong><br /></strong>C/ Lago Titicaca, 10<br />28032 - Madrid (España)</li></ul><ul><li>2009-noviembre-06 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE</strong><br /> Reunión con Consejería de Innovación Ciencia y Empresa<br /> Monasterio de la Cartuja<br />Isla de la Cartuja, s/n<br /> 41014 - Sevilla (España)</li></ul><ul><li>2009-setiembre-17 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE</strong><br />Feria "Software Libre a tu alcance"<br />Sede de FORMAN<br />C/ Severo Ochoa, 20<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />29590 - Málaga (España)</li></ul><ul><li>2008-octubre-20 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE</strong><br />4º Congreso Internacional de Software Libre<br />Stand de ANDALIBRE<br />Palacio de Ferias y Congresos de Málaga<br />Av. Ortega y Gasset, 201<br />29006 - Málaga (España)</li></ul><ul><li>2008-mayo-26 - <strong>Asamblea General Constituyente de ANDALIBRE</strong><br />Constitución de la Asociación<br />Salón de Actos<br />Edificio BIC Euronova<br />Av. Juan López de Peñalver, 21<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />29590 - Málaga (España)</li></ul><h1>Próximas convocatorias a socios</h1><p>Se convoca a las empresas socias de ANDALIBRE, así como a las candidatas formales a socias a: </p><ul><li>2010-marzo-04 / 10:00 - <strong>Sesión de Asesoramiento de CITAndalucía</strong> (Consejería de Innovación - Junta de Andalucía)<br /> Centro de Ciencia y Tecnología<br /> Parque Tecnológico de Andalucía<br /> c/ Severo Ochoa, 57<br /> 29590 - Málaga</li></ul><ul><li>2010-marzo-04 / 16:00 - <strong>I Asamblea General Ordinaria</strong><br />Centro de Ciencia y Tecnología<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />c/ Severo Ochoa, 57<br />29590 - Málaga</li></ul><blockquote>AGENDA:<br />===<br />16:00 - Elección de presidente y secretario de la Asamblea<br />16:05 - Presentación de Informe de Situación por junta directiva saliente<br />16:30 - Propuesta y votación sobre cuotas y gerente<br />17:00 - Presentaciones de candidaturas a nueva junta<br />17:15 - Elección de nueva junta directiva<br />17:20 - Admisión de nuevos socios<br />17:30 - Ruegos y preguntas<br />18:00 - Fin de la Asamblea General<br />===<br /></blockquote><h1>Convocatorias previas realizadas</h1><p>A modo de archivo se listan seguidamente las convocatorias realizadas con anterioridad a los socios de AndaLibre:</p><ul><li>2010-enero-17 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE<br /> </strong>Reunión con SANDETEL y CITAndalucía<br />Oficinas de Emergya<br />Av. de la Innovación, 3<br />41020 - Sevilla (España)</li></ul><ul><li>2009-noviembre-14 - <strong>I Encuentro de Empresas de ASOLIF<br /></strong>Junta directiva de ASOLIF y adhesión de AndaLibre a ASOLIF (pospuesta)<br />Centro Madrid on Rails<strong><br /></strong>C/ Lago Titicaca, 10<br />28032 - Madrid (España)</li></ul><ul><li>2009-noviembre-06 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE</strong><br /> Reunión con Consejería de Innovación Ciencia y Empresa<br /> Monasterio de la Cartuja<br />Isla de la Cartuja, s/n<br /> 41014 - Sevilla (España)</li></ul><ul><li>2009-setiembre-17 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE</strong><br />Feria "Software Libre a tu alcance"<br />Sede de FORMAN<br />C/ Severo Ochoa, 20<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />29590 - Málaga (España)</li></ul><ul><li>2008-octubre-20 - <strong>Junta Directiva de ANDALIBRE</strong><br />4º Congreso Internacional de Software Libre<br />Stand de ANDALIBRE<br />Palacio de Ferias y Congresos de Málaga<br />Av. Ortega y Gasset, 201<br />29006 - Málaga (España)</li></ul><ul><li>2008-mayo-26 - <strong>Asamblea General Constituyente de ANDALIBRE</strong><br />Constitución de la Asociación<br />Salón de Actos<br />Edificio BIC Euronova<br />Av. Juan López de Peñalver, 21<br />Parque Tecnológico de Andalucía<br />29590 - Málaga (España)</li></ul>Empresas Socias. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-06T15:06:59Z2009-04-06T15:06:59Zhttps://www.andalibre.org/index.php/empresasSecretaríaabarrio@opentia.net<h1><font face="arial,helvetica,sans-serif">Empresas de Software Libre de Andalucía</font></h1><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Los siguientes son las empresas socias oficiales de <a href="https://www.andalibre.org" title="Empresas de software libre de Andalucía - ANDALIBRE">ANDALIBRE</a> según orden alfabético:</font></p> <table border="2"><tbody><tr><td> <font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.aulatecnica.es/" target="_blank" title="Aula Técnica de Andalucía"><div style="text-align: center"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/ata.png" border="0" alt="Compuservice" title="Compuservice" width="100" height="108" /></div></a></font><div align="center"><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.aulatecnica.es/" target="_blank" title="Aula Técnica de Andalucía"><strong>Aula Técnica de Andalucía<br /></strong></a></font></div></td><td> </td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.compuservice.es/" target="_blank" title="CompuService"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/compuservice_es.png" border="0" alt="Compuservice" title="Compuservice" /><br /> <strong>CompuService</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr> <tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <br /><a href="http://www.e-gim.es/" target="_blank" title="Emergya"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/e-gim-140.jpg" border="0" alt="e-gim" title="e-gim" /><br /> <strong>e-gim</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.e-gim.es" target="_blank" title="e-gim"><strong>e-gim</strong></a> (Gestión de la Innovación y Modernización, S.L.) es una empresa dedicada a la consultoría y desarrollo tecnológico especializada en la creación de soluciones avanzadas para la gestión y modernización de la Administración Pública.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Desde hace más de 20 años trabajamos con vocación de servicio y desde la apuesta por el Software Libre.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Confiamos en nuestra identidad y apostamos por la investigación, el desarrollo y la innovación para ofrecer ventajas competitivas en un entorno cada vez más versátil. Creemos en una Administración cambiante moderna, ágil, competitiva e innovadora. </font></p></td></tr> <tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <br /><a href="http://www.emergya.es/" target="_blank" title="Emergya"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/emergya_es.jpg" border="0" alt="Emergya" title="Emergya" /><br /> <strong>Emergya Consultoría</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Emergya es una consultora tecnológica especializada en el diseño, desarrollo y puesta en marcha de sistemas de información y una amplia gama de soluciones TIC, basadas en tecnologías y productos de software libre. </font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Nuestra filosofía de trabajo, basada en los principios del Software libre, constituye el valor diferencial que nos une y empuja cada día para seguir evolucionando y mejorando en equipo.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Nuestras soluciones se distribuyen en cinco áreas: Distribuciones, Migraciones a Software Libre, Tramitación Electrónica, Gestión del Conocimiento y Sistemas de Información Geográfica. Bajo este abanico temático, nuestros clientes provienen de distintos ámbitos: la Administración Pública, el Sector Privado y las Administraciones Locales.</font></p></td></tr><tr><td><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.eneotecnologia.com" target="_blank" title="Eneo Tecnología"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/eneo-150x79.png" border="0" alt="Eneo Tecnología" title="Eneo Tecnología" /> </a></font></p><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.eneotecnologia.com" target="_blank" title="Eneo Tecnología"><strong>Eneo Tecnología<br /></strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo_enesoluciones-160x30.jpg" border="0" alt="ENE Soluciones" title="ENE Soluciones" /></font> </p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.enesoluciones.com" target="_blank" title="ENE Soluciones"><strong>Ene Soluciones</strong></a></strong></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><strong><a href="http://www.enesoluciones.com" target="_blank" title="ENE Soluciones"><strong>Ene Soluciones</strong></a></strong></strong> es una empresa española que opera desde el año 2004 a la oportunidad de trabajar en un proyecto europeo de gran envergadura. En sus orígenes, comenzó como una empresa exclusivamente de Servicios Informáticos, pero pronto nos dimos cuenta de la gran oportunidad que representa para las empresas de nuestro sector la convergencia de Voz y Datos.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">En una época de crisis del sector donde la mayoría de las empresas de informática ofrecían los mismos servicios detectamos una gran oportunidad de negocio: las tecnologías de fuentes abiertas.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Entre los servicios y productos que ofrece Ene Solucions destacan nuestra centralita telefónica <a href="http://www.enevoz.com" target="_blank" title="EneVoz">EneVoz Fácil</a>, desarrollo de páginas web con gestor de contenidos y desarrollo de aplicaciones web a medida. </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.enreda.coop" target="_blank" title="Enreda"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo_p.jpg" border="0" alt="Enreda" title="Enreda" width="150" /><br /> <strong>Enreda</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.enreda.coop" target="_blank" title="EnredaCoop"><strong>ENREDA</strong></a></strong> es una empresa que presta servicios tecnológicos adaptados a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, consistentes en: desarrollo e Innovación Tecnológica, Consultoría,Comunicación y Diseño,Formación y Dinamización Tecnológica. Nuestros objetivos son:<br /> -El diseño, desarrollo, gestión y comercialización de todo tipo de servicios y/o productos relacionados directa o indirectamente con el desarrollo de aplicaciones y uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.<br />-La elaboración de soluciones tecnológicas para empresas del tercer sector, Administraciones Públicas y organizaciones ciudadanas.<br />-La puesta en marcha de actuaciones de investigación en el marco de la Sociedad de la Información y el Conocimiento en torno a así como la formación, la educación, la consultoría y la asistencia técnica.</font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.evolve.st/" target="_blank" title="Evolve.st"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/evolve_st.png" border="0" alt="Evolve" title="Evolve" /><br /> <strong>Evolve</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.orcero.org/irbis/" target="_blank" title="David Santo Orcero"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/orcero_org-irbis.gif" border="0" alt="D. Santo Orcero" title="D. Santo Orcero" /><br /> <strong>David Santo Orcero</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.orcero.org/irbis/" target="_blank" title="David Santo Orcero"><strong>David Santo Orcero</strong></a></strong> es asesor estratégico y tecnológico. Entre sus áreas de consultoría estratégica, se destacan las estrategias de implantación y migración de software libre para el sector privado y el público, y el posicionamiento estratégico en software libre para empresas, así como estrategias de gestión del conocimiento. Dentro de su asesoría tecnológica, las áreas en las que actualmente opera son la consolidación de sistemas y servidores, virtualización, sistemas de alto rendimiento y tolerantes a fallos, terminales y clusters; con énfasis en arquitecturas cliente-servidor, almacenamiento y procesamiento consolidado, y tecnologías de terminales para los clientes, así como tareas de análisis para proyectos de I+D+i. Tambien trabaja con sistemas en tiempo real duro y redes de sensores; trabajando con ZigBee y CanBUS. Su larga experiencia en diversos puestos -analista de sistemas, director de departamento de informática, director de operaciones- en varias start-ups, en equipos muy dinámicos, desarrollando y coordinado proyectos de gran complejidad, le ha dotado de una gran habilidad dirigiendo y coordinando equipos, así como una visión clara de los problemas reales del día a día de las empresas de base tecnológica. <br /></font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA, interoperabilidad y software libre"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo_opentia-160x132.png" border="0" alt="OPENTIA" title="OPENTIA" width="160" height="132" /><br /></a><strong>Grupo </strong><strong><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA, interoperabilidad y software libre">OPENTIA</a></strong><br /></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong>El </strong><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA"><strong>Grupo OPENTIA</strong></a> es líder en España en consultoría y soluciones software libre e interoperabilidad para empresa y sector público. Entre los clientes para los que ha trabajado desde su inicio de operaciones en 1998 se incluyen muchos de los principales gobiernos y más importantes corporaciones de Europa e Iberoamérica, además de un gran número de PYMES.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Además de tres marcos de interoperabilidad gubernamentales, incluyendo el <a href="http://opentia.es/index.php/es/prensa/50-esquema-nacional-interoperabilidad.html" target="_blank" title="Esquema Nacional de Interoperabilidad, asesorado por OPENTIA">Esquema Nacional de Interoperabilidad</a> español, las empresas de <a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA"><strong>OPENTIA</strong></a> han provisto soluciones informáticas de gestión empresarial avanzada (<a href="http://www.opentia.es/index.php/es/soluciones-y-servicios/software-libre-pyme.html" target="_blank" title="OpenERP partner España">OpenERP</a>), administración electrónica, potentes portales web 2.0, complejas migraciones a software libre, proyectos de gestión documental y optimización de procesos de negocio (<em>workflow</em>), comunicaciones unificadas, archivos masivos, soluciones <em>middleware</em>, auditorías de seguridad, desarrollo de aplicaciones a medida, virtualización de servidores, etc.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA"><strong>OPENTIA</strong></a> opera en toda España, teniendo delegaciones técnicas y comerciales en Madrid, Málaga, Bilbao, Córdoba y Jaén. Además ha provisto sus servicios expertos a relevantes clientes de otros países como Reino Unido, Bélgica, Alemania, Chequia, Cuba y Ecuador.</font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.ipreal.com/" target="_blank" title="IPReal, Informática de Puerto Real, S.L."><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/ipreal_com.png" border="0" alt="ipReal" title="ipReal" /><br /> <strong>IPReal</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.linbertec.com/" target="_blank" title="Linbertec"></a></font></p><div style="text-align: center"><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.linbertec.com/" target="_blank" title="Linbertec"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo-125.png" border="0" alt="Linbertec" title="Linbertec" /></a></font></div><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.linbertec.com/" target="_blank" title="Linbertec"> </a></font><p> </p><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.linbertec.com" target="_blank" title="Linbertec"><strong>Linbertec</strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.linbertec.com" target="_blank" title="Linbertec"><strong>Linbertec</strong></a></strong> es una pequeña y joven empresa de ámbito provincial con inquietudes y alta motivación con el software libre.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">La empresa la forman dos programadores de Java, PHP, SQL, C, C++, Python y otros lenguajes. Tenemos más de 10 años de experiencia en Linux siendo el sistema que más usamos y recomendamos.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Con respecto al software libre, damos formación a empresas y particulares, asesoramos y realizamos migraciones a entornos libres y vendemos PCs con Linux (Ubuntu). Hacemos web para empresas basadas en Wordpres y a medida con PHP y MySQL o Postgres. </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.linux-magazine.es/" target="_blank" title="Linux-Magazine en Español"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/linuxmagazine_es.png" border="0" alt="Linux-Magazine" title="Linux-Magazine" /><br /> <strong>Linux-Magazine</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">La editorial Linux New Media Spain S.L. trae al mercado hispano documentación profesional, didáctica y usable para los usuarios domésticos y corporativos, desarrolladores, administradores de sistemas y directivos de departamentos TI que utilicen o exploten tecnologías de o basadas en software libre.<br />Su buque insignia, la revista <a href="http://www.linux-magazine.es" target="_blank" title="Linux Magazine en español">Linux Magazine - Edición en Castellano</a> ha <br />conseguido convertirse en líder de mercado gracias a su relación calidad/precio, volumen, dinamismo y capacidad de adaptación a una demanda en permanente evolución.<br />Además de la difusión del software libre en nuestra publicación en papel, el grupo Linux New Media amplia el abanico de medios a través de los cuales los usuarios aficionados y profesionales puedan acceder a la información ofrecida creada por Linux New Media. Entre estos medios se encuentran nuestros repositorios en línea de artículos; la creación de medios multimedia (podcasts screencasts); la transmisión de eventos por streaming; formación presencial y en línea; y la participación en conferencias y talleres en eventos nacionales e internacionales. <br /></font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.mlktecnologia.com" target="_blank" title="MLK Tecnología"><strong>MLK Tecnología</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"></a></font></p><div style="text-align: center"><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/protalia-130.jpg" border="0" alt="Protalia" title="Protalia" /></a></font></div><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"> </a></font><p> </p><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"><strong>Protalia</strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia">Protalia</a></strong> es una empresa de informática para empresas. Ofrecemos soluciones informáticas específicas, apoyándonos en software libre, instalaciones, servidores, redes y desarrollos de aplicaciones informáticas para entornos empresariales, de empresa a empresa. </font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Bajo el concepto "<strong>Informática de Empresa</strong>" se aglutinan las técnicas específicas de control de los sistemas físicos y los datos en entornos empresariales. Son habilidades multidisciplinares, (desde la implantación del cableado al desarrollo de software específico), que requieren personal muy especializado en diferentes campos, y con <strong>contacto real</strong> con el mundo de la empresa. </font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Es saber encontrar el equilibrio entre la tecnología avanzada aplicada al aumento de la productividad y la prudencia en la elección de dichas tecnologías que aporten seguridad a la empresa y permitan que el elemento informático no sea símil de inseguridad, sino un factor que se da por hecho como aporte fundamental en la competitividad. </font></p></td></tr><tr><td align="center"> <a href="http://www.fococonsultores.es" target="_blank">Toni Rivera Gavilán</a></td><td><p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">Toni ha liderado la gestión del cambio y coordinado la formación dentro de las últimas empresas con las que ha colaborado como outsourcing en Proyectos de Migración a Software Libre.</font></p> <p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">La formación de los grupos de usuarios, la configuración de las materias formativas, y la ejecución de las mismas, son su especialidad y a lo que se ha dedicado en los últimos 6 años. </font></p> <p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">Su capacidad tanto docente como para la dinamización de grupos viene fraguada desde su trabajo en entidades formativas públicas y privadas, y últimamente en proyectos basados en SL como Guadalinfo del que ostenta varios reconocimientos. Estas capacidades le confieren la posibilidad de estudiar las necesidades formativas de una empresa y gestionarles el acceso a esa formación.</font></p> <p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">Además, ha participado y participa en la comunidad con entidades del nombre de Iniciativa Focus, que actualemente preside y con la que actualmente prepara la celebración del e-verano.org. Otra actividad que dirige personalmente en esta asociación es “Software Libre para el Sahara Libre”, así como la participación en diversos eventos de difusión del Software Libre.</font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.ximetrix.com/" target="_blank" title="XimetriX"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/ximetrix-150x29.jpg" border="0" alt="XimetriX" title="XimetriX" /><br /> <strong>XimetriX</strong></a><br /></font></p> </td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.ximetrix.com/" target="_blank" title="XimetriX"><strong>XimetriX</strong></a></strong> crea y ofrece productos y servicios en torno a la gestión y transformación de XML con Tecnologías Semánticas. La incorporación de estas tecnologías innovadoras han vertebrado soluciones para la gestión semántica de la información que aportan accesibilidad a los datos y formalización del conocimiento, factores que derivan en la interoperabilidad empresarial. Su producto estrella se llama <a href="http://www.ximetrix.com/productos_y_servicios/ximDEX/index-ides-idweb.html" target="_blank" title="XimDEX">ximDEX</a>: un gestor semántico de contenidos y servicios para la generación automática de portales y aplicaciones en múltiples canales de presentación (PDA, web, móviles, TDT, etc.), en diversos idiomas, y de forma simultánea para cada documento.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.ximetrix.com/" target="_blank" title="XimetriX"><strong>XimetriX</strong></a></strong> distribuye sus productos desde sus sedes de Madrid y Sevilla donde trabaja ofreciendo una oferta integral de servicios de formación, desarrollo, integración, soporte y mantenimiento en colaboración con ximLAB, el departamento de I+D, que investiga tecnologías de la Web Semántica para traer soluciones de futuro al presente. </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/yaco-portal.png" border="0" alt="Yaco Ingeniería" title="Yaco Ingeniería" /><a href="http://www.yaco.es/" target="_blank" title="Yaco Ingeniería"><br /></a></font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.yaco.es/" target="_blank" title="Yaco Ingeniería"><strong>Yaco Sistemas</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.yaco.es/" target="_blank" title="Yaco Ingeniería"><strong>Yaco</strong></a> es una compañía tecnológica especializada en el desarrollo colaborativo de aplicaciones web y sistemas middleware. Usamos entornos colaborativos en nuestros proyectos, extendiéndolos hasta nuestros clientes llevando la idea de código abierto a empresa abierta.</font></p></td></tr><tr><td><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/yerbabuena_es.png" border="0" alt="Yerbabuena Software" title="Yerbabuena Software" /></a><br /><a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software"> <strong>Yerbabuena Software</strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software"><strong>Yerbabuena Software</strong></a></strong> es una empresa dedicada a aportar soluciones tecnológicas basadas en Software Libre orientados a la Gestión documental empresarial, entre las que destaca su servicio estrella <strong><a href="http://www.yerbabuena.es/sections/productos/ys-ecm" target="_blank" title="Yerbabuena ECM">Yerbabuena ECM</a></strong>, que utilizan entidades como Diputación de Málaga, programa EVA, perteneciente a RETA (Red de Espacios Tecnológicos) y empresas líderes a nivel nacional como la catalana Ros Roca.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Con una cifra de negocio de 250.000 EUR aproximadamente, Yerbabuena Software, ha sido considerada empresa de Base Tecnológica de Alto Potencial Innovador por el Ministerio de Industria, sello Eureka, por nuestro proyecto de colaboración internacional de I+D+i y dotada del proyecto Campus por la Agencia de Innovación, Ciencia y Empresa. </font></p></td></tr></tbody></table><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Adicionalmente existen varias empresas candidatas en proceso de tramitación.</font></p><h1><font face="arial,helvetica,sans-serif">Empresas de Software Libre de Andalucía</font></h1><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Los siguientes son las empresas socias oficiales de <a href="https://www.andalibre.org" title="Empresas de software libre de Andalucía - ANDALIBRE">ANDALIBRE</a> según orden alfabético:</font></p> <table border="2"><tbody><tr><td> <font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.aulatecnica.es/" target="_blank" title="Aula Técnica de Andalucía"><div style="text-align: center"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/ata.png" border="0" alt="Compuservice" title="Compuservice" width="100" height="108" /></div></a></font><div align="center"><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.aulatecnica.es/" target="_blank" title="Aula Técnica de Andalucía"><strong>Aula Técnica de Andalucía<br /></strong></a></font></div></td><td> </td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.compuservice.es/" target="_blank" title="CompuService"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/compuservice_es.png" border="0" alt="Compuservice" title="Compuservice" /><br /> <strong>CompuService</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr> <tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <br /><a href="http://www.e-gim.es/" target="_blank" title="Emergya"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/e-gim-140.jpg" border="0" alt="e-gim" title="e-gim" /><br /> <strong>e-gim</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.e-gim.es" target="_blank" title="e-gim"><strong>e-gim</strong></a> (Gestión de la Innovación y Modernización, S.L.) es una empresa dedicada a la consultoría y desarrollo tecnológico especializada en la creación de soluciones avanzadas para la gestión y modernización de la Administración Pública.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Desde hace más de 20 años trabajamos con vocación de servicio y desde la apuesta por el Software Libre.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Confiamos en nuestra identidad y apostamos por la investigación, el desarrollo y la innovación para ofrecer ventajas competitivas en un entorno cada vez más versátil. Creemos en una Administración cambiante moderna, ágil, competitiva e innovadora. </font></p></td></tr> <tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <br /><a href="http://www.emergya.es/" target="_blank" title="Emergya"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/emergya_es.jpg" border="0" alt="Emergya" title="Emergya" /><br /> <strong>Emergya Consultoría</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Emergya es una consultora tecnológica especializada en el diseño, desarrollo y puesta en marcha de sistemas de información y una amplia gama de soluciones TIC, basadas en tecnologías y productos de software libre. </font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Nuestra filosofía de trabajo, basada en los principios del Software libre, constituye el valor diferencial que nos une y empuja cada día para seguir evolucionando y mejorando en equipo.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Nuestras soluciones se distribuyen en cinco áreas: Distribuciones, Migraciones a Software Libre, Tramitación Electrónica, Gestión del Conocimiento y Sistemas de Información Geográfica. Bajo este abanico temático, nuestros clientes provienen de distintos ámbitos: la Administración Pública, el Sector Privado y las Administraciones Locales.</font></p></td></tr><tr><td><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.eneotecnologia.com" target="_blank" title="Eneo Tecnología"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/eneo-150x79.png" border="0" alt="Eneo Tecnología" title="Eneo Tecnología" /> </a></font></p><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.eneotecnologia.com" target="_blank" title="Eneo Tecnología"><strong>Eneo Tecnología<br /></strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo_enesoluciones-160x30.jpg" border="0" alt="ENE Soluciones" title="ENE Soluciones" /></font> </p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.enesoluciones.com" target="_blank" title="ENE Soluciones"><strong>Ene Soluciones</strong></a></strong></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><strong><a href="http://www.enesoluciones.com" target="_blank" title="ENE Soluciones"><strong>Ene Soluciones</strong></a></strong></strong> es una empresa española que opera desde el año 2004 a la oportunidad de trabajar en un proyecto europeo de gran envergadura. En sus orígenes, comenzó como una empresa exclusivamente de Servicios Informáticos, pero pronto nos dimos cuenta de la gran oportunidad que representa para las empresas de nuestro sector la convergencia de Voz y Datos.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">En una época de crisis del sector donde la mayoría de las empresas de informática ofrecían los mismos servicios detectamos una gran oportunidad de negocio: las tecnologías de fuentes abiertas.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Entre los servicios y productos que ofrece Ene Solucions destacan nuestra centralita telefónica <a href="http://www.enevoz.com" target="_blank" title="EneVoz">EneVoz Fácil</a>, desarrollo de páginas web con gestor de contenidos y desarrollo de aplicaciones web a medida. </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.enreda.coop" target="_blank" title="Enreda"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo_p.jpg" border="0" alt="Enreda" title="Enreda" width="150" /><br /> <strong>Enreda</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.enreda.coop" target="_blank" title="EnredaCoop"><strong>ENREDA</strong></a></strong> es una empresa que presta servicios tecnológicos adaptados a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, consistentes en: desarrollo e Innovación Tecnológica, Consultoría,Comunicación y Diseño,Formación y Dinamización Tecnológica. Nuestros objetivos son:<br /> -El diseño, desarrollo, gestión y comercialización de todo tipo de servicios y/o productos relacionados directa o indirectamente con el desarrollo de aplicaciones y uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.<br />-La elaboración de soluciones tecnológicas para empresas del tercer sector, Administraciones Públicas y organizaciones ciudadanas.<br />-La puesta en marcha de actuaciones de investigación en el marco de la Sociedad de la Información y el Conocimiento en torno a así como la formación, la educación, la consultoría y la asistencia técnica.</font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.evolve.st/" target="_blank" title="Evolve.st"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/evolve_st.png" border="0" alt="Evolve" title="Evolve" /><br /> <strong>Evolve</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.orcero.org/irbis/" target="_blank" title="David Santo Orcero"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/orcero_org-irbis.gif" border="0" alt="D. Santo Orcero" title="D. Santo Orcero" /><br /> <strong>David Santo Orcero</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.orcero.org/irbis/" target="_blank" title="David Santo Orcero"><strong>David Santo Orcero</strong></a></strong> es asesor estratégico y tecnológico. Entre sus áreas de consultoría estratégica, se destacan las estrategias de implantación y migración de software libre para el sector privado y el público, y el posicionamiento estratégico en software libre para empresas, así como estrategias de gestión del conocimiento. Dentro de su asesoría tecnológica, las áreas en las que actualmente opera son la consolidación de sistemas y servidores, virtualización, sistemas de alto rendimiento y tolerantes a fallos, terminales y clusters; con énfasis en arquitecturas cliente-servidor, almacenamiento y procesamiento consolidado, y tecnologías de terminales para los clientes, así como tareas de análisis para proyectos de I+D+i. Tambien trabaja con sistemas en tiempo real duro y redes de sensores; trabajando con ZigBee y CanBUS. Su larga experiencia en diversos puestos -analista de sistemas, director de departamento de informática, director de operaciones- en varias start-ups, en equipos muy dinámicos, desarrollando y coordinado proyectos de gran complejidad, le ha dotado de una gran habilidad dirigiendo y coordinando equipos, así como una visión clara de los problemas reales del día a día de las empresas de base tecnológica. <br /></font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA, interoperabilidad y software libre"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo_opentia-160x132.png" border="0" alt="OPENTIA" title="OPENTIA" width="160" height="132" /><br /></a><strong>Grupo </strong><strong><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA, interoperabilidad y software libre">OPENTIA</a></strong><br /></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong>El </strong><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA"><strong>Grupo OPENTIA</strong></a> es líder en España en consultoría y soluciones software libre e interoperabilidad para empresa y sector público. Entre los clientes para los que ha trabajado desde su inicio de operaciones en 1998 se incluyen muchos de los principales gobiernos y más importantes corporaciones de Europa e Iberoamérica, además de un gran número de PYMES.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Además de tres marcos de interoperabilidad gubernamentales, incluyendo el <a href="http://opentia.es/index.php/es/prensa/50-esquema-nacional-interoperabilidad.html" target="_blank" title="Esquema Nacional de Interoperabilidad, asesorado por OPENTIA">Esquema Nacional de Interoperabilidad</a> español, las empresas de <a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA"><strong>OPENTIA</strong></a> han provisto soluciones informáticas de gestión empresarial avanzada (<a href="http://www.opentia.es/index.php/es/soluciones-y-servicios/software-libre-pyme.html" target="_blank" title="OpenERP partner España">OpenERP</a>), administración electrónica, potentes portales web 2.0, complejas migraciones a software libre, proyectos de gestión documental y optimización de procesos de negocio (<em>workflow</em>), comunicaciones unificadas, archivos masivos, soluciones <em>middleware</em>, auditorías de seguridad, desarrollo de aplicaciones a medida, virtualización de servidores, etc.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA"><strong>OPENTIA</strong></a> opera en toda España, teniendo delegaciones técnicas y comerciales en Madrid, Málaga, Bilbao, Córdoba y Jaén. Además ha provisto sus servicios expertos a relevantes clientes de otros países como Reino Unido, Bélgica, Alemania, Chequia, Cuba y Ecuador.</font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.ipreal.com/" target="_blank" title="IPReal, Informática de Puerto Real, S.L."><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/ipreal_com.png" border="0" alt="ipReal" title="ipReal" /><br /> <strong>IPReal</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.linbertec.com/" target="_blank" title="Linbertec"></a></font></p><div style="text-align: center"><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.linbertec.com/" target="_blank" title="Linbertec"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/logo-125.png" border="0" alt="Linbertec" title="Linbertec" /></a></font></div><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.linbertec.com/" target="_blank" title="Linbertec"> </a></font><p> </p><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.linbertec.com" target="_blank" title="Linbertec"><strong>Linbertec</strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.linbertec.com" target="_blank" title="Linbertec"><strong>Linbertec</strong></a></strong> es una pequeña y joven empresa de ámbito provincial con inquietudes y alta motivación con el software libre.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">La empresa la forman dos programadores de Java, PHP, SQL, C, C++, Python y otros lenguajes. Tenemos más de 10 años de experiencia en Linux siendo el sistema que más usamos y recomendamos.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Con respecto al software libre, damos formación a empresas y particulares, asesoramos y realizamos migraciones a entornos libres y vendemos PCs con Linux (Ubuntu). Hacemos web para empresas basadas en Wordpres y a medida con PHP y MySQL o Postgres. </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.linux-magazine.es/" target="_blank" title="Linux-Magazine en Español"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/linuxmagazine_es.png" border="0" alt="Linux-Magazine" title="Linux-Magazine" /><br /> <strong>Linux-Magazine</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">La editorial Linux New Media Spain S.L. trae al mercado hispano documentación profesional, didáctica y usable para los usuarios domésticos y corporativos, desarrolladores, administradores de sistemas y directivos de departamentos TI que utilicen o exploten tecnologías de o basadas en software libre.<br />Su buque insignia, la revista <a href="http://www.linux-magazine.es" target="_blank" title="Linux Magazine en español">Linux Magazine - Edición en Castellano</a> ha <br />conseguido convertirse en líder de mercado gracias a su relación calidad/precio, volumen, dinamismo y capacidad de adaptación a una demanda en permanente evolución.<br />Además de la difusión del software libre en nuestra publicación en papel, el grupo Linux New Media amplia el abanico de medios a través de los cuales los usuarios aficionados y profesionales puedan acceder a la información ofrecida creada por Linux New Media. Entre estos medios se encuentran nuestros repositorios en línea de artículos; la creación de medios multimedia (podcasts screencasts); la transmisión de eventos por streaming; formación presencial y en línea; y la participación en conferencias y talleres en eventos nacionales e internacionales. <br /></font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.mlktecnologia.com" target="_blank" title="MLK Tecnología"><strong>MLK Tecnología</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> </font></p></td></tr><tr><td><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"></a></font></p><div style="text-align: center"><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/protalia-130.jpg" border="0" alt="Protalia" title="Protalia" /></a></font></div><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"> </a></font><p> </p><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia"><strong>Protalia</strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia">Protalia</a></strong> es una empresa de informática para empresas. Ofrecemos soluciones informáticas específicas, apoyándonos en software libre, instalaciones, servidores, redes y desarrollos de aplicaciones informáticas para entornos empresariales, de empresa a empresa. </font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Bajo el concepto "<strong>Informática de Empresa</strong>" se aglutinan las técnicas específicas de control de los sistemas físicos y los datos en entornos empresariales. Son habilidades multidisciplinares, (desde la implantación del cableado al desarrollo de software específico), que requieren personal muy especializado en diferentes campos, y con <strong>contacto real</strong> con el mundo de la empresa. </font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Es saber encontrar el equilibrio entre la tecnología avanzada aplicada al aumento de la productividad y la prudencia en la elección de dichas tecnologías que aporten seguridad a la empresa y permitan que el elemento informático no sea símil de inseguridad, sino un factor que se da por hecho como aporte fundamental en la competitividad. </font></p></td></tr><tr><td align="center"> <a href="http://www.fococonsultores.es" target="_blank">Toni Rivera Gavilán</a></td><td><p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">Toni ha liderado la gestión del cambio y coordinado la formación dentro de las últimas empresas con las que ha colaborado como outsourcing en Proyectos de Migración a Software Libre.</font></p> <p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">La formación de los grupos de usuarios, la configuración de las materias formativas, y la ejecución de las mismas, son su especialidad y a lo que se ha dedicado en los últimos 6 años. </font></p> <p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">Su capacidad tanto docente como para la dinamización de grupos viene fraguada desde su trabajo en entidades formativas públicas y privadas, y últimamente en proyectos basados en SL como Guadalinfo del que ostenta varios reconocimientos. Estas capacidades le confieren la posibilidad de estudiar las necesidades formativas de una empresa y gestionarles el acceso a esa formación.</font></p> <p style="margin-bottom: 0cm"><font face="arial,helvetica,sans-serif">Además, ha participado y participa en la comunidad con entidades del nombre de Iniciativa Focus, que actualemente preside y con la que actualmente prepara la celebración del e-verano.org. Otra actividad que dirige personalmente en esta asociación es “Software Libre para el Sahara Libre”, así como la participación en diversos eventos de difusión del Software Libre.</font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.ximetrix.com/" target="_blank" title="XimetriX"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/ximetrix-150x29.jpg" border="0" alt="XimetriX" title="XimetriX" /><br /> <strong>XimetriX</strong></a><br /></font></p> </td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.ximetrix.com/" target="_blank" title="XimetriX"><strong>XimetriX</strong></a></strong> crea y ofrece productos y servicios en torno a la gestión y transformación de XML con Tecnologías Semánticas. La incorporación de estas tecnologías innovadoras han vertebrado soluciones para la gestión semántica de la información que aportan accesibilidad a los datos y formalización del conocimiento, factores que derivan en la interoperabilidad empresarial. Su producto estrella se llama <a href="http://www.ximetrix.com/productos_y_servicios/ximDEX/index-ides-idweb.html" target="_blank" title="XimDEX">ximDEX</a>: un gestor semántico de contenidos y servicios para la generación automática de portales y aplicaciones en múltiples canales de presentación (PDA, web, móviles, TDT, etc.), en diversos idiomas, y de forma simultánea para cada documento.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.ximetrix.com/" target="_blank" title="XimetriX"><strong>XimetriX</strong></a></strong> distribuye sus productos desde sus sedes de Madrid y Sevilla donde trabaja ofreciendo una oferta integral de servicios de formación, desarrollo, integración, soporte y mantenimiento en colaboración con ximLAB, el departamento de I+D, que investiga tecnologías de la Web Semántica para traer soluciones de futuro al presente. </font></p></td></tr><tr><td align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"> <img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/yaco-portal.png" border="0" alt="Yaco Ingeniería" title="Yaco Ingeniería" /><a href="http://www.yaco.es/" target="_blank" title="Yaco Ingeniería"><br /></a></font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.yaco.es/" target="_blank" title="Yaco Ingeniería"><strong>Yaco Sistemas</strong></a></font></p></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.yaco.es/" target="_blank" title="Yaco Ingeniería"><strong>Yaco</strong></a> es una compañía tecnológica especializada en el desarrollo colaborativo de aplicaciones web y sistemas middleware. Usamos entornos colaborativos en nuestros proyectos, extendiéndolos hasta nuestros clientes llevando la idea de código abierto a empresa abierta.</font></p></td></tr><tr><td><div align="center"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software"><img src="https://www.andalibre.org/images/stories/empresas/yerbabuena_es.png" border="0" alt="Yerbabuena Software" title="Yerbabuena Software" /></a><br /><a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software"> <strong>Yerbabuena Software</strong></a></font></p></div></td><td align="justify"><p><font face="arial,helvetica,sans-serif"><strong><a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software"><strong>Yerbabuena Software</strong></a></strong> es una empresa dedicada a aportar soluciones tecnológicas basadas en Software Libre orientados a la Gestión documental empresarial, entre las que destaca su servicio estrella <strong><a href="http://www.yerbabuena.es/sections/productos/ys-ecm" target="_blank" title="Yerbabuena ECM">Yerbabuena ECM</a></strong>, que utilizan entidades como Diputación de Málaga, programa EVA, perteneciente a RETA (Red de Espacios Tecnológicos) y empresas líderes a nivel nacional como la catalana Ros Roca.</font></p><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Con una cifra de negocio de 250.000 EUR aproximadamente, Yerbabuena Software, ha sido considerada empresa de Base Tecnológica de Alto Potencial Innovador por el Ministerio de Industria, sello Eureka, por nuestro proyecto de colaboración internacional de I+D+i y dotada del proyecto Campus por la Agencia de Innovación, Ciencia y Empresa. </font></p></td></tr></tbody></table><p><font face="arial,helvetica,sans-serif">Adicionalmente existen varias empresas candidatas en proceso de tramitación.</font></p>Junta Directiva. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-06T13:18:00Z2009-04-06T13:18:00Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/junta-directivaAsamblea Generalabarrio@opentia.net<h1>Junta Directiva</h1><p>La Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, "ANDALIBRE", en su III Asamblea General Extraordinaria celebrada el 28 de octubre del 2010 en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga, coincidiendo con el IV Encuentro ASOLIF de Empresas de Software Libre, eligió a la siguiente Junta Directiva:</p> <hr width="100%" size="2" /><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <br /> <strong>D. Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com/" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong><br /> presidencia[@]andalibre·org<br /> (+34) 918.38.58.58 / (+34) 639.70.84.94</p></li> <li><p><u>Vicepresidencia:</u> <br /> <strong>D. José Antonio Roncero (<a href="http://www.compuservice.es" target="_top" title="Compuservice">Compuservice</a>)</strong><br /> vicepresidencia[@]andalibre·org<br /> (+34) 902.052.949</p></li> <li><p><u>Tesorería: </u><br /> <strong>D. Juan Manuel del Olmo (<a href="http://www.enreda.coop/" target="_blank" title="Cooperativa Enreda">Enreda Coop.</a>)</strong><br /> tesoreria[@]andalibre·org</p></li> <li><p><u>Secretaría: </u><br /> <strong>D. José Luis del Olmo </strong>(<a href="http://www.yerbabuena.es" target="_top" title="Yerbabuena Software">Yerbabuena Software</a>)<br /> secretaria[@]andalibre·org</p></li> <li><p><u>Vocalía 1ª:</u><br /> <strong>D. David Munárriz (<a href="http://www.emergya.com" target="_top" title="Emergya">Emergya</a>)</strong><br /> vicepresidencia[@]andalibre·org</p></li></ul> <hr width="100%" size="2" /><p>Adicionalmente, la junta de Andalibre se encuentra seleccionando un nuevo gerente, puesto que en funciones ha sido asumido por la presidencia y vicepresidencia de la organización:</p><ul><li><p><u>Gerencia:</u> <br /> <strong>Puesto vacante, envíenos su currículo a empleo @ andalibre · org indicando en su cabecera *GERENTE*<br /></strong> gerente[@]andalibre·org<br /> (+34) 918.38.38.58</p></li></ul><hr width="100%" size="2" /><h1>Juntas anteriores:</h1><p>Junta directiva vigente desde el 2010-07-31 hasta la Asamblea General Extraordinaria de 2010-10-28:</p><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <strong>Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com/" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Tesorería: </u> <strong>Juan Manuel del Olmo (<a href="http://www.enreda.coop/" target="_blank" title="Cooperativa Enreda">Enreda Coop.</a>)</strong></p></li><li><p><u>Secretaría: </u> <strong>Daniel Téllez</strong> (externo) </p></li></ul><p>Junta directiva vigente desde su I Asamble General Ordinaria de 2010-03-04 hasta 2010-07-31: <img class="caption" src="https://www.andalibre.org/images/stories/prensa/abg_0009.jpg" border="0" alt="Junta Directiva de AndaLibre en Asamblea General Ordinaria 2010" title="Junta Directiva de AndaLibre en Asamblea General Ordinaria 2010" hspace="10" width="200" align="right" /></p><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <strong>Daniel Téllez (<a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software">Yerbabuena Software</a>)</strong></p></li><li><p><u>Vicepresidencia:</u> <strong>Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Tesorería: </u> <strong>Juan Manuel del Olmo (<a href="http://www.enreda.coop" target="_blank" title="Cooperativa Enreda">Enreda Coop.</a>)</strong></p></li><li><p><u>Secretaría: </u> <strong>Santiago Gómez (<a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia">Protalia</a>)</strong></p></li></ul><p> </p><p>Junta directiva vigente desde la Asamblea General Constituyente de 2008-05-26 hasta la <img class="caption" src="https://www.andalibre.org/images/stories/prensa/andalibre-constitucion-20080626.jpg.jpg" border="0" alt="Asamblea Constituyente de AndaLibre, 26 mayo 2008" title="Asamblea Constituyente de AndaLibre, 26 mayo 2008" hspace="10" width="300" align="right" /> Asamblea General Ordinaria de 2010-03-04: </p><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <strong>D. Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Vicepresidencia:</u> <strong>Dª Pilar Choza de Juan (<a href="http://www.emergya.es" target="_blank" title="Emergya">EMERGYA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Tesorería: </u> <strong>D. Juan A. Prieto (<a href="http://www.ximetrix.com" target="_blank" title="XimetriX">XIMETRIX</a>)</strong></p></li><li><p><u>Secretaría: </u> <strong>D. Paul C. Brown (<a href="http://www.linux-magazine.es" target="_blank" title="Linux Magazine en Español">LINUX MAGAZINE</a>)</strong></p></li></ul><h1>Junta Directiva</h1><p>La Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía, "ANDALIBRE", en su III Asamblea General Extraordinaria celebrada el 28 de octubre del 2010 en el Palacio de Ferias y Congresos de Málaga, coincidiendo con el IV Encuentro ASOLIF de Empresas de Software Libre, eligió a la siguiente Junta Directiva:</p> <hr width="100%" size="2" /><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <br /> <strong>D. Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com/" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong><br /> presidencia[@]andalibre·org<br /> (+34) 918.38.58.58 / (+34) 639.70.84.94</p></li> <li><p><u>Vicepresidencia:</u> <br /> <strong>D. José Antonio Roncero (<a href="http://www.compuservice.es" target="_top" title="Compuservice">Compuservice</a>)</strong><br /> vicepresidencia[@]andalibre·org<br /> (+34) 902.052.949</p></li> <li><p><u>Tesorería: </u><br /> <strong>D. Juan Manuel del Olmo (<a href="http://www.enreda.coop/" target="_blank" title="Cooperativa Enreda">Enreda Coop.</a>)</strong><br /> tesoreria[@]andalibre·org</p></li> <li><p><u>Secretaría: </u><br /> <strong>D. José Luis del Olmo </strong>(<a href="http://www.yerbabuena.es" target="_top" title="Yerbabuena Software">Yerbabuena Software</a>)<br /> secretaria[@]andalibre·org</p></li> <li><p><u>Vocalía 1ª:</u><br /> <strong>D. David Munárriz (<a href="http://www.emergya.com" target="_top" title="Emergya">Emergya</a>)</strong><br /> vicepresidencia[@]andalibre·org</p></li></ul> <hr width="100%" size="2" /><p>Adicionalmente, la junta de Andalibre se encuentra seleccionando un nuevo gerente, puesto que en funciones ha sido asumido por la presidencia y vicepresidencia de la organización:</p><ul><li><p><u>Gerencia:</u> <br /> <strong>Puesto vacante, envíenos su currículo a empleo @ andalibre · org indicando en su cabecera *GERENTE*<br /></strong> gerente[@]andalibre·org<br /> (+34) 918.38.38.58</p></li></ul><hr width="100%" size="2" /><h1>Juntas anteriores:</h1><p>Junta directiva vigente desde el 2010-07-31 hasta la Asamblea General Extraordinaria de 2010-10-28:</p><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <strong>Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com/" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Tesorería: </u> <strong>Juan Manuel del Olmo (<a href="http://www.enreda.coop/" target="_blank" title="Cooperativa Enreda">Enreda Coop.</a>)</strong></p></li><li><p><u>Secretaría: </u> <strong>Daniel Téllez</strong> (externo) </p></li></ul><p>Junta directiva vigente desde su I Asamble General Ordinaria de 2010-03-04 hasta 2010-07-31: <img class="caption" src="https://www.andalibre.org/images/stories/prensa/abg_0009.jpg" border="0" alt="Junta Directiva de AndaLibre en Asamblea General Ordinaria 2010" title="Junta Directiva de AndaLibre en Asamblea General Ordinaria 2010" hspace="10" width="200" align="right" /></p><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <strong>Daniel Téllez (<a href="http://www.yerbabuena.es" target="_blank" title="Yerbabuena Software">Yerbabuena Software</a>)</strong></p></li><li><p><u>Vicepresidencia:</u> <strong>Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Tesorería: </u> <strong>Juan Manuel del Olmo (<a href="http://www.enreda.coop" target="_blank" title="Cooperativa Enreda">Enreda Coop.</a>)</strong></p></li><li><p><u>Secretaría: </u> <strong>Santiago Gómez (<a href="http://www.protalia.com" target="_blank" title="Protalia">Protalia</a>)</strong></p></li></ul><p> </p><p>Junta directiva vigente desde la Asamblea General Constituyente de 2008-05-26 hasta la <img class="caption" src="https://www.andalibre.org/images/stories/prensa/andalibre-constitucion-20080626.jpg.jpg" border="0" alt="Asamblea Constituyente de AndaLibre, 26 mayo 2008" title="Asamblea Constituyente de AndaLibre, 26 mayo 2008" hspace="10" width="300" align="right" /> Asamblea General Ordinaria de 2010-03-04: </p><ul><li><p><u>Presidencia:</u> <strong>D. Alberto Barrionuevo (<a href="http://www.opentia.com" target="_blank" title="OPENTIA">Grupo OPENTIA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Vicepresidencia:</u> <strong>Dª Pilar Choza de Juan (<a href="http://www.emergya.es" target="_blank" title="Emergya">EMERGYA</a>)</strong></p></li><li><p><u>Tesorería: </u> <strong>D. Juan A. Prieto (<a href="http://www.ximetrix.com" target="_blank" title="XimetriX">XIMETRIX</a>)</strong></p></li><li><p><u>Secretaría: </u> <strong>D. Paul C. Brown (<a href="http://www.linux-magazine.es" target="_blank" title="Linux Magazine en Español">LINUX MAGAZINE</a>)</strong></p></li></ul>Estatutos. Empresas de Software Libre de Andalucía ANDALIBRE2009-04-06T13:07:55Z2009-04-06T13:07:55Zhttps://www.andalibre.org/index.php/andalibre/estatutosAsamblea General Constituyente - 2009-05-26abarrio@opentia.net<!-- @page { margin: 2cm } P { margin-bottom: 0.21cm } P.western { font-family: "DejaVu Sans Mono", sans-serif; font-size: 10pt } H1 { margin-bottom: 0.21cm } H1.western { font-family: "DejaVu Sans", sans-serif; font-size: 16pt } H1.cjk { font-family: "DejaVu Sans"; font-size: 16pt } H1.ctl { font-family: "DejaVu Sans"; font-size: 16pt } H2 { margin-bottom: 0.21cm } H2.western { font-family: "DejaVu Sans", sans-serif; font-size: 14pt; font-style: italic } H2.cjk { font-size: 14pt; font-style: italic } H2.ctl { font-size: 14pt; font-style: italic } H3 { margin-bottom: 0.21cm } H3.western { font-family: "DejaVu Sans", sans-serif } A:link { so-language: zxx } --> <h1 class="western" align="center"><u>ESTATUTOS</u></h1> <h1 class="western" align="center">Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía<br />“<em>ANDALIBRE”</em></h1> <h2 class="western"> CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, DURACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO DE LA ASOCIACIÓN.</h2> <h3 class="western">Artículo 1.- Denominación.</h3> <p class="western">Al amparo del Artículo 22 de la Constitución Española, se constituye una asociación civil sin ánimo de lucro denominada <strong>Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía “AndaLibre”</strong> que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación, por la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía, así como por las normas concordantes y las que en cada momento le sean aplicables, y por los Estatutos vigentes.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 2.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Duración</font>.</h3> <p class="western">Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido, pudiendo disolverse únicamente por resolución judicial emitida en la forma prevista por la ley, o por consentimiento de sus socios en la Asamblea General en los términos dispuestos en los artículos referentes a la disolución de estos estatutos.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 3.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Fines</font>.</h3> <p class="western">La <strong>Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía “AndaLibre”</strong> tiene los siguientes objetivos o fines: promocionar, organizar, coordinar, apoyar y dirigir acciones de divulgación del uso del Software Libre y los Estándares Abiertos a través de los diversos medios a los que acceda, en especial en el ámbito de las empresas y entidades públicas y privadas radicadas en Andalucía. Defender y fomentar la investigación, implantación y el desarrollo de tecnologías basadas en Software Libre y en Estándares Abiertos apoyando así una mayor competitividad y desarrollo empresarial y territorial. Promover la independencia tecnológica mediante el uso de plataformas abiertas. Servir de vínculo e interlocutor válido ante las distintas administraciones públicas con competencias sobre el ámbito de trabajo de la Asociación. Fomentar la promoción y colaboración de las empresas que basen su modelo de negocio en el software libre y los estándares abiertos, brindándoles asesoría y convocándolas a la participación en proyectos de ámbito público o privado donde tengan cabida los objetivos mencionados. Colaborar y cooperar con otras asociaciones de intereses comunes a través del intercambio de experiencias y acciones conjuntas en el campo del Software Libre y los Estándares Abiertos. Para defender estos fines la asociación luchará, en caso de ser necesario, contra la legalización de la patentabilidad del software y de los métodos de negocio en el ámbito que corresponda.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 4.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Actividades</font>.</h3> <p class="western">Las actividades de la <strong>Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía “AndaLibre”</strong> cualesquiera que sean, y en su momento se determine, tendrán como único designio la difusión, promoción y desarrollo de los fines explicitados en el artículo anterior. Para la consecución de dichos fines la Asociación podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades: </p> <p class="western">a) Actividades de defensa, fomento, promoción, investigación y desarrollo del Software Libre, atendiendo especialmente al ámbito de los servicios empresariales, profesionales e institucionales, pudiendo dichas actividades abarcar cuantos productos, facetas y servicios se estime conveniente efectuar para el logro de su buen término. </p> <p class="western">b) Crear y organizar los servicios de gestión, asistencia técnica, estudio, investigación, información, formación y otros análogos que las circunstancias aconsejen, tales como cursos, proyectos de investigación, jornadas de difusión, talleres, elaboración de estudios e informes, etc. </p> <p class="western">c) Promover y utilizar los medios informativos, formativos y de comunicación, tanto convencionales como interactivos, que faciliten un mejor conocimiento de la realidad empresarial del Software Libre, potenciando su imagen y fomentando un amplio diálogo con todos los actores y agentes implicados. </p> <p class="western">d) Fomentar y articular procesos y mecanismos de cooperación entre las empresas del sector del Software Libre, así como con el resto de actores implicados en aras a la consecución de los objetivos de la Asociación. </p> <p class="western">e) Actividades de concienciación y educación política y pública.</p> <p class="western">f) En general, todo tipo de actividades legales que sirvan a la consecución de los fines de la Asociación. </p> <p class="western">Sin perjuicio de las actividades descritas en el apartado anterior, la Asociación, para el cumplimento de sus fines podrá: desarrollar actividades económicas de todo tipo, encaminadas a la consecución de sus fines. Adquirir y poseer bienes de todas clases y por cualquier título, así como celebrar actos y contratos de todo género. Ejercitar toda clase de acciones conforme a las Leyes o a sus estatutos. </p> <p style="background-color: transparent; background-image: none; background-repeat: repeat; background-attachment: scroll; background-position: 0% 0%; -moz-background-size: auto auto; margin-bottom: 0cm; -moz-background-clip: -moz-initial; -moz-background-origin: -moz-initial; -moz-background-inline-policy: -moz-initial; font-style: normal; font-weight: normal; line-height: 100%; text-decoration: none" align="justify"> <br /> </p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 5.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Domicilio</font> social y ámbito territorial.</h3> <p class="western">La Asociación establece su domicilio social en el municipio de Málaga, en la avenida Juan López Peñalver, 21, sita en el Parque Tecnológico de Andalucía. La Junta Directiva podrá decidir el traslado de la Asociación dentro de la misma localidad. La Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, podrá acordar su traslado a cualquier otro lugar siempre que esté dentro de su ámbito territorial. A su vez, los asociados, por el procedimiento reglamentario que se establezca, podrán instar de la Asociación la apertura de delegaciones en cualquier otro lugar que se estime oportuno. </p> <p class="western">El ámbito territorial de la Asociación comprende la totalidad de Andalucía.</p> <p class="western">Las actuaciones de la Asociación no tendrán por qué restringirse a tal ámbito territorial siempre que estén orientadas a la obtención en dicho ámbito de los fines declarados en el Artículo 4.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO II. CAPACIDAD DE LA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">ASOCIACIÓN</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 6.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Capacidad</font> jurídica y de obrar de la Asociación.</h3> <p class="western">La Asociación, que tiene plena personalidad jurídica y capacidad de obrar, queda especialmente facultada para: </p> <p class="western">a) La defensa de los intereses empresariales y profesionales de sus asociados ante organismos públicos y privados, tanto regionales, nacionales, de la Unión Europea e internacionales.</p> <p class="western">b) El ejercicio ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden o jurisdicción de las acciones y excepciones que procedan, así como la realización de las gestiones y actividades necesarias ante toda clase de autoridades, funcionarios, organismos o entidades públicas o privadas nacionales, de la Unión Europea e internacionales.</p> <p class="western">c) Participar por el cauce legal en las tareas comunitarias de la vida política, económica y social, que interesen a los fines propios de la Asociación. </p> <p class="western">d) Adquirir y poseer bienes y contraer obligaciones con sujeción a las normas reglamentarias y sin que en ningún caso la responsabilidad de la gestión financiera se extienda a ningún asociado. </p> <p class="western">e) Cualquier otra actividad lícita, conducente al cumplimiento de los fines asociativos, dentro del marco del asociacionismo profesional introducido por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía, así como la normativa reglamentaria.</p> <p class="western"><br /><br /> </p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western">CAPÍTULO III. ÓRGANOS DE LA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">ASOCIACIÓN</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 7.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Órganos</font> de gobierno y representación de la Asociación.</h3> <p class="western">Los órganos de gobierno y representación de la Asociación son, respectivamente, la Asamblea General y la Junta Directiva.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO IV. ASAMBLEA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">GENERAL</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 8.- Naturaleza de la <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Asamblea</font> General.</h3> <p class="western">La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno la Asociación y estará integrada por todos los asociados.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 9.- Reuniones de la <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Asamblea</font> General.</h3> <p class="western">Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los seis (6) meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio conjunto de la Presidencia con al menos otro miembro de la Junta Directiva, cuando la Junta Directiva lo acuerde por mayoría cualificada, o cuando lo soliciten a la Presidencia y Secretaría por escrito una quinceava parte o más de los asociados. También se deberá convocar asamblea general dentro de los tres meses siguientes cuando hayan dimitido un 50% o más de los miembros de la Junta directiva.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 10.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Convocatoria</font> de la Asamblea General.</h3> <p class="western">Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince (15) días naturales, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a media hora (30 minutos). El orden del día de la Asamblea se habrá de fijar y comunicar por escrito a los asociados al menos siete días (7) antes de la fecha de la primera convocatoria de la Asamblea. Sólo en caso de que cuatro quintos (4/5) o más de los asistentes a la Asamblea lo aprueben por votación, éste orden del día podrá ser modificado por un nuevo orden del día propuesto con posterioridad a los siete días (7) citados.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 11.- Constitución de la <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Asamblea</font> General.</h3> <p class="western">Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones. Será necesaria mayoría de dos tercios (2/3) de los socios concurrentes a la Asamblea General y que a su vez represente al menos un tercio (1/3) de los socios con voz y voto de la Asociación para: </p> <p class="western">a) Disolución de la Asociación.</p> <p class="western">b) Modificación de Estatutos. </p> <p class="western">c) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado. </p> <p class="western">d) Remuneración de los miembros del órgano de representación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 12.- Facultades de la Asamblea General Ordinaria.</h3> <p class="western">Son facultades de la Asamblea General: </p> <p class="western">a) Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos, administradores y representantes, así como de sus socios de honor. </p> <p class="western">b) Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las cuentas. </p> <p class="western">c) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.</p> <p class="western">d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias. </p> <p class="western">e) Acuerdo para constituir una Federación de Asociaciones o integrarse en alguna.</p> <p class="western">f) Establecimiento de alianzas con otras entidades sin ánimo de lucro que impliquen la cesión parcial o total de la representatividad de los socios de la asociación</p> <p class="western">g) Expulsión de asociados a propuesta de la Junta Directiva. </p> <p class="western">h) Solicitud de declaración de utilidad pública. </p> <p class="western">i) Disposición y enajenación de bienes. </p> <p class="western">j) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior. </p> <p class="western">k) Remuneración, en su caso, de los miembros de la Junta Directiva. </p> <p class="western">l) Eximir de sus responsabilidades a una Junta Directiva cesante.</p> <p class="western">m) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea extraordinaria.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 13.- Facultades de la Asamblea General Extraordinaria.</h3> <p class="western">Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria la modificación de los Estatutos, la revocación de los cargos de la Junta Directiva y la disolución de la Asociación.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO V. JUNTA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">DIRECTIVA</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 14.- Naturaleza y composición de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Estará formada por los siguientes cargos unipersonales: Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y el número de Vocalías que se estimen oportunas en cada mandato hasta un máximo de cinco (5), siendo todos esos cargos designados por la Asamblea General entre los asociados mayores de edad, en pleno uso de sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de incompatibilidad legalmente establecidos. Su mandato tendrá una duración de dos (2) años. Excepto el Secretario, que tendrá voz pero no voto, los miembros de la Junta Directiva deben ser socios numerarios. La Junta Directiva se renovará por la mitad de sus miembros anualmente. Cada cargo de la Junta Directiva podrá ser reelegido por la Asamblea General por un máximo total de dos (2) legislaturas (4 años sin contar posibles extensiones excepcionales como cargo en funciones). La Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría de la Junta Directiva serán, asimismo, Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría de la Asociación y de la Asamblea General.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 15.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Remuneración</font> de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">El desempeño de los cargos de la Junta Directiva no será retribuido, con excepción del abono de gastos derivados de su ejercicio. El cargo de secretario podrá ser remunerado en caso de no ser asumido por miembro de la Asociación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 16.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Cambio</font> efectivo de integrantes de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos en funciones hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 17.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Reuniones</font> y quórum de constitución y de adopción de acuerdos de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">La Junta Directiva se reunirá previa convocatoria, debiendo mediar al menos siete (7) días entre ésta y su celebración, cuantas veces lo determine su Presidencia, o bien a iniciativa o petición de un tercio (1/3) o más de sus miembros que sean miembros de la asociación. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto de la Presidencia será de calidad. La propia Junta Directiva podrá establecer un procedimiento para la toma de decisiones de forma electrónica y no presencial siempre que quede garantizada la fehaciente identificación de sus miembros participantes para evitar el posible repudio posterior en sus votaciones.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 18.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Facultades</font> de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General. Son facultades particulares de la Junta Directiva: </p> <p class="western">a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos. </p> <p class="western">b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General. </p> <p class="western">c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos, los balances y las cuentas anuales. </p> <p class="western">d) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General el Reglamento de Régimen Interior.</p> <p class="western">e) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General la admisión de nuevos asociados. </p> <p class="western">f) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación, así como delegar parte de sus funciones a los responsables de Comisiones de Trabajo encargados de llevar a cabo objetivos de la asociación, en lo referente a la consecución de dichos objetivos parciales.</p> <p class="western">g) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 12, apartado i), relativo a la disposición y enajenación de bienes de la Asociación. </p> <p class="western">h) Aprobar los presupuestos anuales de la asociación.</p> <p class="western">i) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 19.- La <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Presidencia</font>.</h3> <p class="western">La Presidencia tendrá las siguientes atribuciones: </p> <p class="western">a) Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados. </p> <p class="western">b) Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva. </p> <p class="western">c) Dirigir las deliberaciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. </p> <p class="western">d) Ordenar pagos. </p> <p class="western">e) Autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia. </p> <p class="western">f) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 20.- La <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Vicepresidencia</font>.</h3> <p class="western">La Vicepresidencia sustituirá a la Presidencia en ausencia de ésta, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá temporalmente las mismas atribuciones que ésta.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 21.- La Secretaría.</h3> <p class="western">La Secretaría dirigirá los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los libros de la Asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes, así como el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 22.- La <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Tesorería</font>.</h3> <pre>La Tesorería recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las ordenes de pago que expida la Presidencia. </pre><h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 23.- Las Vocalías.</h3> <pre>Las Vocalías tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende. </pre><h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 24.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Procedimientos</font> para la elección y sustitución de miembros de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">La elección de los miembros de la Junta Directiva por la Asamblea General se realizará mediante la presentación de candidaturas, a las que se les facilitará la adecuada difusión. En caso de ausencia o enfermedad de algún miembro de la Junta Directiva, podrá ser suplido provisionalmente por otro de los componentes de ésta, previa designación por mayoría de sus miembros, salvo en el caso de la Presidencia que será sustituido por la Vicepresidencia y la secretaría que podrá ser adjudicada por la propia Junta Directiva a alguien no miembro de la asociación. Los miembros de la Junta Directiva cesarán: </p> <p class="western">a) Por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva. </p> <p class="western">b) Por espiración del mandato, conforme al Artículo 16 de los presentes estatutos. </p> <p class="western">c) Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada expresamente a tal efecto.</p> <p class="western">d) <span style="text-decoration: none"><span style="font-weight: normal">Los miembros de la Junta Directiva podrán causar baja</span></span> no voluntaria por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas ratificada la misma por al menos tres cuartos (¾) de los otros miembros de la Junta Directiva, o por espiración del mandato. </p> <p class="western">e) Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre el resto de miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto. Para ello tendrá precedencia el vicepresidente sobre los vocales, y los vocales se ordenarán automáticamente por orden de edad, teniendo los mayores precedencia sobre los más jóvenes. La sustitución de un miembro cesado no implicará la asunción de su poder de voto.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western">CAPÍTULO VI. LOS <font face="DejaVu Sans, sans-serif">ASOCIADOS</font></h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 25.- Clases de asociados.</h3> <p class="western">a) La Asociación estará integrada, en calidad de socios numerarios, por personas jurídicas y personas físicas que realicen actividad comercial o económica relacionada con el software libre en cualquier campo y promuevan los objetivos de la Asociación. No podrá ser miembro numerario de la Asociación ninguna persona incursa en prohibición, incapacidad, incompatibilidad o inhabilitación para el ejercicio del comercio. Los socios numerarios deberán estar siempre al corriente en el pago de las cuotas que se fijen reglamentariamente; el impago de más de dos cuotas periódicas producirá la baja inmediata del socio.</p> <p class="western">b) La Asociación estará integrada, en calidad de socio suscriptor o protector, por personas físicas o jurídicas que tendrán voz pero no voto, obligándose sólo a contribuir económicamente en apoyo de las actividades que desarrolla la asociación así como participar en el desarrollo de los fines de la misma. </p> <p class="western">c) Por méritos contraídos con esta Asociación o por interés social, podrá la Junta Directiva proponer “socios honorarios” a personas físicas o jurídicas de cualquier actividad profesional. Estarán exentos de abonar cuotas y disfrutarán del derecho de voz, pero no de voto. La Asamblea General deberá aprobar tales nombramientos. La condición de asociado no es transmisible.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 26.- Admisión de socio numerario.</h3> <p class="western">Para la admisión como socio numerario de pleno derecho, será preceptivo: </p> <p class="western">1º) Acreditar el ejercicio de actividades empresariales o profesionales relacionadas con el desarrollo, comercialización, mantenimiento, difusión y/o utilización significativa de herramientas de software libre, realizando una presentación de la empresa ante la Junta Directiva. Se primarán en la evaluación de admisión aquellas empresas y profesionales solicitantes cuyo modelo de negocio esté basado en el software libre y los estándares abiertos.</p> <p class="western">2º) Solicitarlo por escrito a la Presidencia de la Asociación y el refrendo de dicha solicitud por parte de la Junta Directiva. En caso de denegarse, podrá ser recurrido por el solicitante ante la Asamblea General más próxima tras la denegación.</p> <p class="western">3º) El refrendo de la solicitud por parte de la Asamblea General como socio numerario por dos tercios de los votos emitidos en la Asamblea General.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 27.- Derechos de los asociados.</h3> <p class="western">Son derechos de los socios: </p> <p class="western">a) Elegir y ser elegido para puestos de representación y cargos directivos. </p> <p class="western">b) Intervenir y dar su voto, que será libre, en la Asamblea dentro del orden del día. </p> <p class="western">c) Informar y ser informados de la actividad de la Asociación y de las cuestiones que les afecten. La Asociación articulará las medidas necesarias para que los socios conozcan el estado económico de la Asociación. En concreto, y con independencia de cualquier otra medida que se establezca, se permitirá que en todo momento los socios, previa petición a la Junta Directiva, tengan acceso y puedan examinar las cuentas de la Asociación. </p> <p class="western">d) Intervenir, conforme a las normas legales o estatutarias, en la gestión económica y administrativa de la Asociación. </p> <p class="western">e) Utilizar los servicios que la Asociación ponga a disposición de los mismos, así como las instalaciones sociales. </p> <p class="western">f) Hacer pública su condición de asociado, respetando las limitaciones que la Asociación establezca para esta publicidad. </p> <p class="western">g) Proponer a la Junta Directiva acciones relacionadas con el desarrollo, comercialización, mantenimiento, difusión y utilización de herramientas de software libre o de fuentes abiertas.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 28.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Plenitud</font> de derechos.</h3> <p class="western">La plenitud de los derechos mencionados en el artículo anterior son exclusivos de los socios numerarios. Los socios honorarios sólo tendrán los derechos que otorgan los apartados f) y g) del artículo anterior. Será necesario para ejercer los derechos atribuidos a los socios que éstos consten debidamente inscritos en el Libro de Socios abierto al efecto, debiendo asimismo constar las personas físicas que en su caso les representen con carácter permanente en los órganos de la Asociación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 29.- Deberes de los asociados.</h3> <p class="western">Son deberes de los socios: Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas. Asistir a la Asamblea General salvo causa justificada. Participar en la elección de representantes y directivos de la Asociación. Ajustarse en sus actuaciones a las leyes y normas estatutarias. Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por la Asociación. Respetar la libre manifestación de pareceres y no entorpecer, ni aún indirectamente, las actividades de la Asociación. Estar al corriente en el pago de las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada asociado, salvo los de honor. Desempeñar fielmente las obligaciones inherentes al cargo que ocupen. Acatar los Estatutos Sociales, y las Normas Complementarias que en su caso se elaboren para la aplicación y desarrollo de los mismos, cumpliendo con las obligaciones que resulten de las mismas.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 30.- Sanciones y causas de pérdida de la condición de asociado.</h3> <p class="western">Los asociados que incumplan los deberes enunciados en el artículo anterior, los fines perseguidos en los Estatutos, sus principios o los reglamentos o las normas de desarrollo interno, podrán ser objeto de apercibimiento, sanción, suspensión o expulsión de la Asociación. En los supuestos de sanción y separación de los asociados, se informará en todo caso al afectado de los hechos que puedan dar lugar a tales medidas, y se le oirá previamente, debiendo ser motivado el acuerdo que, en tal sentido, se adopte. Se perderá la condición de asociado por alguna de las causas siguientes: </p> <p class="western">a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva. </p> <p class="western">b) Por incumplimiento de sus obligaciones económicas. En el caso de los socios numerarios el impago de más de dos cuotas periódicas producirá la baja inmediata del socio. </p> <p class="western">c) Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociación o a sus fines, con hechos o palabras que perturben gravemente los actos organizados por la misma y la normal convivencia entre los asociados. </p> <p class="western">d) Por cometer infracciones muy graves, conforme a lo establecido en el Régimen Disciplinario de los presentes Estatutos. Si un asociado se da baja o es expulsado, la Asociación podrá exigirle, por todos los medios a su alcance, el cumplimiento de las obligaciones sociales que tuviera pendientes hasta ese momento.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO VII. <font face="DejaVu Sans, sans-serif">RÉGIMEN</font> DISCIPLINARIO: INFRACCIONES, SANCIONES, PROCEDIMIENTO Y PRESCRIPCIÓN.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 31.- Normas generales.</h3> <p class="western">En el ejercicio de la potestad disciplinaria se respetarán los criterios de: La debida proporcionalidad con la gravedad de la infracción, atendiendo a la naturaleza de los hechos, las consecuencias de la infracción y la concurrencia de circunstancias atenuantes o agravantes. La inexistencia de doble sanción por los mismos hechos. La aplicación de los efectos retroactivos favorables. La prohibición de sancionar por infracciones no tipificadas con anterioridad al momento de su comisión. La responsabilidad disciplinaria se extingue en todo caso por: </p> <ol><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2">El cumplimiento de la sanción.</font></font></p> </li><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2">La prescripción de la infracción. </font></font> </p> </li><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2">La prescripción de la sanción. </font></font> </p> </li><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2" style="font-size: 11pt"><font size="2">El fallecimiento del infractor.</font> </font></font> </p> <p style="margin-bottom: 0cm" class="western"> </p> </li></ol> <p class="western">Para la imposición de las correspondientes sanciones disciplinarias se tendrán en cuenta las circunstancias agravante de la reincidencia, y atenuante de arrepentimiento espontáneo. Hay reincidencia cuando el autor de la falta hubiese sido sancionado anteriormente por cualquier infracción de igual gravedad, o por dos o más que lo fueran de menor. La reincidencia se entenderá producida en el transcurso de 1 año, contado a partir de la fecha en que se haya cometido la primera infracción.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 32.- Infracciones.</h3> <p class="western">Las infracciones contra el buen orden social susceptibles de ser sancionadas se clasifican en leves, graves y muy graves.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 33.- Infracciones Muy Graves.</h3> <p class="western">Tienen la consideración de infracciones disciplinarias MUY GRAVES: </p> <ol><li><p class="western">Todas aquéllas actuaciones que perjudiquen u obstaculicen la consecución de los fines de la asociación, cuando tengan consideración de muy graves.</p> </li><li><p class="western">El incumplimiento o las conductas contrarias a las disposiciones estatutarios y/o reglamentarias de la Asociación, cuando se consideren como muy graves. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la asociación, cuando se consideren muy graves. </p> </li><li><p class="western">La protesta o actuaciones airadas y ofensivas que impidan la celebración de asambleas o reuniones de la Junta Directiva. </p> </li><li><p class="western">Participar, formular o escribir, mediante cualquier medio de comunicación social, manifestaciones que perjudiquen de forma muy grave la imagen de la asociación. </p> </li><li><p class="western">La usurpación ilegítima de atribuciones o competencias sin contar con la preceptiva autorización del órgano competente de la entidad. </p> </li><li><p class="western">Agredir, amenazar o insultar gravemente a cualquier asociado. </p> </li><li><p class="western">La inducción o complicidad, plenamente probada, a cualquier socio en la comisión de las faltas contempladas como muy graves. </p> </li><li><p class="western">El quebrantamiento de sanciones impuestas por falta grave o muy grave.</p> </li><li><p class="western">Todas las infracciones tipificadas como leves o graves y cuyas consecuencias físicas, morales o económicas, plenamente probadas, sean consideradas como muy graves. </p> </li><li><p class="western">En general, las conductas contrarias al buen orden social, cuando se consideren muy graves.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 34.- Infracciones Graves.</h3> <p class="western">Son infracciones punibles dentro del orden social y serán consideradas como GRAVES: </p> <ol><li><p class="western">El quebrantamiento de sanciones impuestas por infracciones leves.</p> </li><li><p class="western">Participar, formular o escribir mediante cualquier medio de comunicación social, manifestaciones que perjudiquen de forma grave la imagen de la asociación. </p> </li><li><p class="western">La inducción o complicidad, plenamente probada, de cualquier asociado en la comisión de cualquiera de las faltas contempladas como graves. </p> </li><li><p class="western">Todas las infracciones tipificadas como leves y cuyas consecuencias físicas, morales o económicas, plenamente probadas, sean consideradas graves. </p> </li><li><p class="western">La reiteración de una falta leve. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento o las conductas contrarias a las disposiciones estatutarias y/o reglamentarias de la asociación, cuando se consideren como graves. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la asociación, cuando tengan la consideración de grave. </p> </li><li><p class="western">En general, las conductas contrarias al buen orden social, cuando se consideren como graves.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 35.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Infracciones</font> Leves.</h3> <p class="western">Se consideran infracciones disciplinarias LEVES: </p> <ol><li><p class="western">La falta de asistencia durante cuatro ocasiones consecutivas a las asambleas generales, sin justificación alguna.</p> </li><li><p class="western">El impago de tres cuotas consecutivas, salvo que exista causa que lo justifique a criterio de la Junta Directiva. </p> </li><li><p class="western">Todas aquéllas conductas que impidan el correcto desarrollo de las actividades propias de la asociación, cuando tengan la consideración de leve. </p> </li><li><p class="western">El maltrato de los bienes muebles o inmuebles de la Asociación. </p> </li><li><p class="western">Toda conducta incorrecta en las relaciones con los socios. </p> </li><li><p class="western">La inducción o complicidad, plenamente probada, de cualquier asociado en la comisión de las faltas contempladas como leves. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento o las conductas contrarias a las disposiciones estatutarias y/o reglamentarias de la entidad, cuando se consideren como leves. </p> </li><li><p class="western">En general, las conductas contrarias al buen orden social, cuando se consideren como leves.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 36.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Infracciones</font> de los miembros de la Junta Directiva.</h3> <ol><li><p class="western">Se consideran infracciones MUY GRAVES: La no convocatoria en los plazos y condiciones legales, de forma sistemática y reiterada, de los órganos de la asociación. La incorrecta utilización de los fondos de la entidad. El abuso de autoridad y la usurpación ilegítima de atribuciones o competencias. La inactividad o dejación de funciones que suponga incumplimiento muy grave de sus deberes estatutarios y/o reglamentarios.</p> </li><li><p class="western">Se consideran infracciones GRAVES: No facilitar a los asociados la documentación de la entidad que por éstos le sea requerida (estatutos, actas, normas de régimen interno, etc.). No facilitar el acceso de los asociados a la documentación de la entidad. La inactividad o dejación de funciones cuando causen perjuicios de carácter grave al correcto funcionamiento de la entidad. </p> </li><li><p class="western">Tienen la consideración de infracciones LEVES: La inactividad o dejación de funciones, cuando no tengan la consideración de muy grave o grave. La no convocatoria de los órganos de la asociación en los plazos y condiciones legales. Las conductas o actuaciones contrarias al correcto funcionamiento de la Junta Directiva. La falta de asistencia a una reunión de la Junta Directiva, sin causa justificada.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 37.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Sanciones</font>.</h3> <p class="western">Las sanciones susceptibles de aplicación por la comisión de infracciones muy graves, relacionadas en el artículo 33, serán la pérdida de la condición de asociado o la suspensión temporal en tal condición durante un período de un año a cuatro años, en adecuada proporción a la infracción cometida. Las infracciones graves, relacionadas en el artículo 34, darán lugar a la suspensión temporal en la condición de asociado durante un período de un mes a un año. La comisión de las infracciones de carácter leve darán lugar, por lo que a las relacionadas en el artículo 35 se refieren, a la amonestación o a la suspensión temporal del asociado por un período de un mes. Las infracciones señaladas en el artículo 36 darán lugar, en el caso de las muy graves al cese en sus funciones de miembro de la Junta Directiva y, en su caso, a la inhabilitación para ocupar nuevamente cargos en el órgano de gobierno; en el caso de las graves, el cese durante un período de un mes a un año, y si la infracción cometida tiene el carácter de leve en la amonestación o suspensión por el período de un mes.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 38.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Procedimiento</font> sancionador.</h3> <p class="western">Para la adopción de las sanciones señaladas en los artículos anteriores, se tramitará de un expediente disciplinario, en el cual el asociado tiene derecho a ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él, y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado, en su caso, el acuerdo que imponga la sanción. La instrucción de los procedimientos sancionadores corresponde a la Junta Directiva, nombrándose a tal efecto por ésta, los miembros de la misma que tengan encomendada dicha función; caso de tramitarse expediente contra un miembro de la Junta Directiva éste no podrá formar parte del órgano instructor, debiendo abstenerse de intervenir y votar en la reunión de la Junta Directiva que decida la resolución provisional del mismo. El órgano instructor de los procedimientos disciplinarios estará formado por un Presidente y un Secretario. El Presidente ordenará al Secretario la práctica de aquéllas diligencias previas que estime oportunas al objeto de obtener la oportuna información sobre la comisión de infracción por parte del asociado. A la vista de esta información la Junta Directiva podrá mandar archivar las actuaciones o acordar la incoación de expediente disciplinario. En este último caso, el Secretario pasará al interesado un escrito en el que pondrá de manifiesto los cargos que se le imputan, a los que podrá contestar alegando en su defensa lo que estime oportuno en el plazo de 15 días, transcurridos los cuales, se pasará el asunto a la primera sesión de la Junta Directiva, la cual acordará lo que proceda; el acuerdo debe ser adoptado por las tres cuartas (¾) partes de los miembros de dicho órgano de representación. La resolución que se adopte tendrá carácter provisional. El asociado podrá formular recurso ante la Asamblea General en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a aquél en que reciba la resolución. De no formularse recurso en el plazo indicado, la resolución deviene firme. La Asamblea General, adoptará la resolución que proceda en relación con el expediente disciplinario o sancionador; no podrá formar parte de esta Asamblea General el presunto infractor, la resolución que adopte la misma deberá ser aprobada por las tres cuartas (¾) partes de los miembros de la misma.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 39.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Prescripción</font>.</h3> <p class="western">Las infracciones prescribirán a los tres (3) años, al año (1) o al mes (1), según se trate de las muy graves, graves o leves, comenzándose a contar el plazo de prescripción al día siguiente al efectivo conocimiento por parte de la Junta Directiva de la comisión de la infracción. El plazo de prescripción se interrumpirá por la iniciación del procedimiento sancionador, con conocimiento del interesado, pero si éste permaneciese paralizado durante un mes por causa no imputable al asociado, volverá a correr el plazo correspondiente. Las sanciones prescribirán a los tres años, al año o al mes, según se trate de las que correspondan a infracciones muy graves, graves o leves, comenzándose a contar el plazo de prescripción desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO VIII. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 40.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Obligaciones</font> documentales y contables.</h3> <p class="western">La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes. En un Libro de Actas, figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 41.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Patrimonio</font> fundacional.</h3> <p class="western">El patrimonio inicial de la Asociación asciende a cero (0) euros.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 42.- Recursos económicos de la Asociación.</h3> <p class="western">Los recursos económicos previstos por la Asociación para el desarrollo de las actividades sociales, son los siguientes: </p> <ol><li><p class="western">Las cuotas de entrada.</p> </li><li><p class="western">Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias, que acuerde la Asociación. </p> </li><li><p class="western">Los derivados de los bienes y derechos que le correspondan, así como las subvenciones, legados y donaciones que pueda recibir en forma legal por parte de los asociados o de terceras personas. </p> </li><li><p class="western">Los ingresos procedentes de la venta externa de servicios, publicaciones, artículos, objetos, ediciones o análogos en que intervenga la Asociación en aras de la consecución de sus fines sociales. La prestación de estos servicios y la entrega de estos bienes cuando se efectúen directamente a los miembros de la Asociación será de carácter gratuito para los socios, no percibiéndose de los mismos por tales operaciones contraprestación alguna distinta de las cotizaciones fijadas en los Estatutos o por la Asamblea General.</p> </li><li><p class="western">Cualquiera otra aportación que conforme a la legalidad vigente obtenga para ser destinada a la consecución de sus fines.</p> </li><li><p class="western">Las donaciones efectuadas a la asociación, tanto las no específicas como las dedicadas para la elaboración de cualquiera de los proyectos o actividades elaborados por la asociación.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 43.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Ejercicio</font> asociativo y económico.</h3> <p class="western">El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO IX. <font face="DejaVu Sans, sans-serif">MODIFICACIÓN</font> DE ESTATUTOS Y NORMAS DE RÉGIMEN INTERNO.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 44.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Modificación</font> de Estatutos.</h3> <p class="western">Los Estatutos de la asociación podrán ser modificados cuando resulte conveniente a los intereses de la misma, por acuerdo de la Asamblea General convocada específicamente al efecto. El acuerdo de modificar los estatutos requiere el voto favorable de las tres cuartas (3/4) partes de los socios integrantes de la Asociación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 45.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Normas</font> de régimen interno.</h3> <p class="western">Los presentes estatutos podrán ser desarrollados mediante normas de régimen interno, aprobadas por acuerdo de la Asamblea General por mayoría simple de los socios presentes o representados.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO X. <font face="DejaVu Sans, sans-serif">DISOLUCIÓN</font> Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 46.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Disolución</font> de la Asociación.</h3> <p class="western">La asociación se disolverá: </p> <ol><li><p class="western">Por voluntad de los asociados expresada mediante acuerdo de la Asamblea General convocada al efecto, con el voto favorable de 2/3 de socios presentes.</p> </li><li><p class="western">Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en los estatutos apreciada por acuerdo de la Asamblea General. </p> </li><li><p class="western">Por sentencia judicial.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 47.- Comisión <font face="DejaVu Sans, sans-serif">liquidadora</font>.</h3> <p class="western">En caso de disolverse la Asociación, la Asamblea General que acuerde la disolución, nombrará una Comisión Liquidadora, compuesta por dos personas, esta Comisión Liquidadora se hará cargo de los fondos que existan. Una vez satisfechas las obligaciones sociales frente a los socios y frente a terceras personas, el patrimonio social sobrante, si lo hubiere, será entregado a asociaciones con fines similares para realizar actividades sin ánimo de lucro o a la Free Software Foundation, según decida la Asamblea General que acuerde la disolución, y en última instancia, a beneficencia.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> ANEXO. DEFINICIONES</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">a) Definición de software libre</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “software libre” recogida en la Ley 11/2007 de España bajo el término “aplicaciones de fuentes abiertas” y que establece en su Anexo:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>Aplicación de fuentes abiertas: Aquella que se distribuye con una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros usuarios.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">b) Definición de estándar abierto</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “estándar abierto” provista a fecha de constitución por el Proyecto Estándares Abiertos (<a href="http://www.estandaresabiertos.org/">www.EstandaresAbiertos.org</a>) y que establece:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western" align="justify"> “<em>De acuerdo con el Marco Europeo de Interoperabilidad, un estándar abierto es aquel:</em></p> <ul><li><p class="western" align="justify"><em>adoptado y mantenido por una entidad sin ánimo de lucro, abierta a todas las partes interesadas;</em></p> </li><li><p class="western" align="justify"><em>publicado y cuya especificación está disponible de forma gratuita o a precio simbólico;</em></p> </li><li><p class="western" align="justify"><em>cuya propiedad intelectual e industrial se ofrece de forma irrevocable libre de regalías;</em></p> </li><li><p class="western" align="justify"><em>no hay restricciones en cuanto a la reutilización del estándar.</em></p> </li></ul> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western" align="justify"> <em>También serán considerados a los efectos estándares abiertos aquellos que aun no cumpliendo la primera condición expuesta, demuestren contar con una implementación de referencia completa del estándar cuyo código esté íntegramente cubierto por licencias libres aprobadas por la OSI.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">c) Definición de interoperabilidad</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “interoperabilidad” recogida en la Ley 11/2007 de España y que establece en su Anexo:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>Interoperabilidad: Capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">d) Definición de neutralidad tecnológica</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición reformulada de “neutralidad tecnológica” recogida en la Ley 11/2007 de España y que establece en sus Principios que:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>Neutralidad tecnológica: el derecho de los ciudadanos y las administraciones a no ser discriminados en función de su legítima elección de aplicaciones informáticas siempre que éstas se basen en estándares abiertos a la hora de interoperar.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">e) Definición de patente de software</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “patente de software” y “patente de procedimiento” o, generalizando “patente intelectual”, la dada por la Foundation for a Free Information Infrastructure (FFII):</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>patente de software es aquella patente que cubre cualquier funcionalidad o método de una computadora obtenido mediante un programa de computadora”</em></p> <p class="western"><br /><br /> </p><!-- @page { margin: 2cm } P { margin-bottom: 0.21cm } P.western { font-family: "DejaVu Sans Mono", sans-serif; font-size: 10pt } H1 { margin-bottom: 0.21cm } H1.western { font-family: "DejaVu Sans", sans-serif; font-size: 16pt } H1.cjk { font-family: "DejaVu Sans"; font-size: 16pt } H1.ctl { font-family: "DejaVu Sans"; font-size: 16pt } H2 { margin-bottom: 0.21cm } H2.western { font-family: "DejaVu Sans", sans-serif; font-size: 14pt; font-style: italic } H2.cjk { font-size: 14pt; font-style: italic } H2.ctl { font-size: 14pt; font-style: italic } H3 { margin-bottom: 0.21cm } H3.western { font-family: "DejaVu Sans", sans-serif } A:link { so-language: zxx } --> <h1 class="western" align="center"><u>ESTATUTOS</u></h1> <h1 class="western" align="center">Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía<br />“<em>ANDALIBRE”</em></h1> <h2 class="western"> CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, DURACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO Y ÁMBITO DE LA ASOCIACIÓN.</h2> <h3 class="western">Artículo 1.- Denominación.</h3> <p class="western">Al amparo del Artículo 22 de la Constitución Española, se constituye una asociación civil sin ánimo de lucro denominada <strong>Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía “AndaLibre”</strong> que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del derecho de asociación, por la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía, así como por las normas concordantes y las que en cada momento le sean aplicables, y por los Estatutos vigentes.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 2.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Duración</font>.</h3> <p class="western">Esta Asociación se constituye por tiempo indefinido, pudiendo disolverse únicamente por resolución judicial emitida en la forma prevista por la ley, o por consentimiento de sus socios en la Asamblea General en los términos dispuestos en los artículos referentes a la disolución de estos estatutos.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 3.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Fines</font>.</h3> <p class="western">La <strong>Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía “AndaLibre”</strong> tiene los siguientes objetivos o fines: promocionar, organizar, coordinar, apoyar y dirigir acciones de divulgación del uso del Software Libre y los Estándares Abiertos a través de los diversos medios a los que acceda, en especial en el ámbito de las empresas y entidades públicas y privadas radicadas en Andalucía. Defender y fomentar la investigación, implantación y el desarrollo de tecnologías basadas en Software Libre y en Estándares Abiertos apoyando así una mayor competitividad y desarrollo empresarial y territorial. Promover la independencia tecnológica mediante el uso de plataformas abiertas. Servir de vínculo e interlocutor válido ante las distintas administraciones públicas con competencias sobre el ámbito de trabajo de la Asociación. Fomentar la promoción y colaboración de las empresas que basen su modelo de negocio en el software libre y los estándares abiertos, brindándoles asesoría y convocándolas a la participación en proyectos de ámbito público o privado donde tengan cabida los objetivos mencionados. Colaborar y cooperar con otras asociaciones de intereses comunes a través del intercambio de experiencias y acciones conjuntas en el campo del Software Libre y los Estándares Abiertos. Para defender estos fines la asociación luchará, en caso de ser necesario, contra la legalización de la patentabilidad del software y de los métodos de negocio en el ámbito que corresponda.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 4.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Actividades</font>.</h3> <p class="western">Las actividades de la <strong>Asociación de Empresas de Software Libre de Andalucía “AndaLibre”</strong> cualesquiera que sean, y en su momento se determine, tendrán como único designio la difusión, promoción y desarrollo de los fines explicitados en el artículo anterior. Para la consecución de dichos fines la Asociación podrá realizar, entre otras, las siguientes actividades: </p> <p class="western">a) Actividades de defensa, fomento, promoción, investigación y desarrollo del Software Libre, atendiendo especialmente al ámbito de los servicios empresariales, profesionales e institucionales, pudiendo dichas actividades abarcar cuantos productos, facetas y servicios se estime conveniente efectuar para el logro de su buen término. </p> <p class="western">b) Crear y organizar los servicios de gestión, asistencia técnica, estudio, investigación, información, formación y otros análogos que las circunstancias aconsejen, tales como cursos, proyectos de investigación, jornadas de difusión, talleres, elaboración de estudios e informes, etc. </p> <p class="western">c) Promover y utilizar los medios informativos, formativos y de comunicación, tanto convencionales como interactivos, que faciliten un mejor conocimiento de la realidad empresarial del Software Libre, potenciando su imagen y fomentando un amplio diálogo con todos los actores y agentes implicados. </p> <p class="western">d) Fomentar y articular procesos y mecanismos de cooperación entre las empresas del sector del Software Libre, así como con el resto de actores implicados en aras a la consecución de los objetivos de la Asociación. </p> <p class="western">e) Actividades de concienciación y educación política y pública.</p> <p class="western">f) En general, todo tipo de actividades legales que sirvan a la consecución de los fines de la Asociación. </p> <p class="western">Sin perjuicio de las actividades descritas en el apartado anterior, la Asociación, para el cumplimento de sus fines podrá: desarrollar actividades económicas de todo tipo, encaminadas a la consecución de sus fines. Adquirir y poseer bienes de todas clases y por cualquier título, así como celebrar actos y contratos de todo género. Ejercitar toda clase de acciones conforme a las Leyes o a sus estatutos. </p> <p style="background-color: transparent; background-image: none; background-repeat: repeat; background-attachment: scroll; background-position: 0% 0%; -moz-background-size: auto auto; margin-bottom: 0cm; -moz-background-clip: -moz-initial; -moz-background-origin: -moz-initial; -moz-background-inline-policy: -moz-initial; font-style: normal; font-weight: normal; line-height: 100%; text-decoration: none" align="justify"> <br /> </p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 5.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Domicilio</font> social y ámbito territorial.</h3> <p class="western">La Asociación establece su domicilio social en el municipio de Málaga, en la avenida Juan López Peñalver, 21, sita en el Parque Tecnológico de Andalucía. La Junta Directiva podrá decidir el traslado de la Asociación dentro de la misma localidad. La Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva, podrá acordar su traslado a cualquier otro lugar siempre que esté dentro de su ámbito territorial. A su vez, los asociados, por el procedimiento reglamentario que se establezca, podrán instar de la Asociación la apertura de delegaciones en cualquier otro lugar que se estime oportuno. </p> <p class="western">El ámbito territorial de la Asociación comprende la totalidad de Andalucía.</p> <p class="western">Las actuaciones de la Asociación no tendrán por qué restringirse a tal ámbito territorial siempre que estén orientadas a la obtención en dicho ámbito de los fines declarados en el Artículo 4.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO II. CAPACIDAD DE LA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">ASOCIACIÓN</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 6.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Capacidad</font> jurídica y de obrar de la Asociación.</h3> <p class="western">La Asociación, que tiene plena personalidad jurídica y capacidad de obrar, queda especialmente facultada para: </p> <p class="western">a) La defensa de los intereses empresariales y profesionales de sus asociados ante organismos públicos y privados, tanto regionales, nacionales, de la Unión Europea e internacionales.</p> <p class="western">b) El ejercicio ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden o jurisdicción de las acciones y excepciones que procedan, así como la realización de las gestiones y actividades necesarias ante toda clase de autoridades, funcionarios, organismos o entidades públicas o privadas nacionales, de la Unión Europea e internacionales.</p> <p class="western">c) Participar por el cauce legal en las tareas comunitarias de la vida política, económica y social, que interesen a los fines propios de la Asociación. </p> <p class="western">d) Adquirir y poseer bienes y contraer obligaciones con sujeción a las normas reglamentarias y sin que en ningún caso la responsabilidad de la gestión financiera se extienda a ningún asociado. </p> <p class="western">e) Cualquier otra actividad lícita, conducente al cumplimiento de los fines asociativos, dentro del marco del asociacionismo profesional introducido por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía, así como la normativa reglamentaria.</p> <p class="western"><br /><br /> </p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western">CAPÍTULO III. ÓRGANOS DE LA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">ASOCIACIÓN</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 7.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Órganos</font> de gobierno y representación de la Asociación.</h3> <p class="western">Los órganos de gobierno y representación de la Asociación son, respectivamente, la Asamblea General y la Junta Directiva.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO IV. ASAMBLEA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">GENERAL</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 8.- Naturaleza de la <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Asamblea</font> General.</h3> <p class="western">La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno la Asociación y estará integrada por todos los asociados.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 9.- Reuniones de la <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Asamblea</font> General.</h3> <p class="western">Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará una vez al año dentro de los seis (6) meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio conjunto de la Presidencia con al menos otro miembro de la Junta Directiva, cuando la Junta Directiva lo acuerde por mayoría cualificada, o cuando lo soliciten a la Presidencia y Secretaría por escrito una quinceava parte o más de los asociados. También se deberá convocar asamblea general dentro de los tres meses siguientes cuando hayan dimitido un 50% o más de los miembros de la Junta directiva.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 10.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Convocatoria</font> de la Asamblea General.</h3> <p class="western">Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos quince (15) días naturales, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a media hora (30 minutos). El orden del día de la Asamblea se habrá de fijar y comunicar por escrito a los asociados al menos siete días (7) antes de la fecha de la primera convocatoria de la Asamblea. Sólo en caso de que cuatro quintos (4/5) o más de los asistentes a la Asamblea lo aprueben por votación, éste orden del día podrá ser modificado por un nuevo orden del día propuesto con posterioridad a los siete días (7) citados.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 11.- Constitución de la <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Asamblea</font> General.</h3> <p class="western">Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones. Será necesaria mayoría de dos tercios (2/3) de los socios concurrentes a la Asamblea General y que a su vez represente al menos un tercio (1/3) de los socios con voz y voto de la Asociación para: </p> <p class="western">a) Disolución de la Asociación.</p> <p class="western">b) Modificación de Estatutos. </p> <p class="western">c) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado. </p> <p class="western">d) Remuneración de los miembros del órgano de representación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 12.- Facultades de la Asamblea General Ordinaria.</h3> <p class="western">Son facultades de la Asamblea General: </p> <p class="western">a) Nombramiento de la Junta Directiva y sus cargos, administradores y representantes, así como de sus socios de honor. </p> <p class="western">b) Examinar y aprobar los presupuestos anuales y las cuentas. </p> <p class="western">c) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.</p> <p class="western">d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias. </p> <p class="western">e) Acuerdo para constituir una Federación de Asociaciones o integrarse en alguna.</p> <p class="western">f) Establecimiento de alianzas con otras entidades sin ánimo de lucro que impliquen la cesión parcial o total de la representatividad de los socios de la asociación</p> <p class="western">g) Expulsión de asociados a propuesta de la Junta Directiva. </p> <p class="western">h) Solicitud de declaración de utilidad pública. </p> <p class="western">i) Disposición y enajenación de bienes. </p> <p class="western">j) Aprobar el Reglamento de Régimen Interior. </p> <p class="western">k) Remuneración, en su caso, de los miembros de la Junta Directiva. </p> <p class="western">l) Eximir de sus responsabilidades a una Junta Directiva cesante.</p> <p class="western">m) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea extraordinaria.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 13.- Facultades de la Asamblea General Extraordinaria.</h3> <p class="western">Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria la modificación de los Estatutos, la revocación de los cargos de la Junta Directiva y la disolución de la Asociación.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO V. JUNTA <font face="DejaVu Sans, sans-serif">DIRECTIVA</font>.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 14.- Naturaleza y composición de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">La Junta Directiva es el órgano de representación que gestiona y representa los intereses de la Asociación de acuerdo con las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Estará formada por los siguientes cargos unipersonales: Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Tesorería y el número de Vocalías que se estimen oportunas en cada mandato hasta un máximo de cinco (5), siendo todos esos cargos designados por la Asamblea General entre los asociados mayores de edad, en pleno uso de sus derechos civiles que no estén incursos en motivos de incompatibilidad legalmente establecidos. Su mandato tendrá una duración de dos (2) años. Excepto el Secretario, que tendrá voz pero no voto, los miembros de la Junta Directiva deben ser socios numerarios. La Junta Directiva se renovará por la mitad de sus miembros anualmente. Cada cargo de la Junta Directiva podrá ser reelegido por la Asamblea General por un máximo total de dos (2) legislaturas (4 años sin contar posibles extensiones excepcionales como cargo en funciones). La Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría de la Junta Directiva serán, asimismo, Presidencia, Vicepresidencia y Secretaría de la Asociación y de la Asamblea General.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 15.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Remuneración</font> de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">El desempeño de los cargos de la Junta Directiva no será retribuido, con excepción del abono de gastos derivados de su ejercicio. El cargo de secretario podrá ser remunerado en caso de no ser asumido por miembro de la Asociación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 16.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Cambio</font> efectivo de integrantes de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">Los miembros de la Junta Directiva que hubieran agotado el plazo para el cual fueron elegidos, continuarán ostentando sus cargos en funciones hasta el momento en que se produzca la aceptación de los que les sustituyan.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 17.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Reuniones</font> y quórum de constitución y de adopción de acuerdos de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">La Junta Directiva se reunirá previa convocatoria, debiendo mediar al menos siete (7) días entre ésta y su celebración, cuantas veces lo determine su Presidencia, o bien a iniciativa o petición de un tercio (1/3) o más de sus miembros que sean miembros de la asociación. Quedará constituida cuando asista la mitad más uno de sus miembros y para que sus acuerdos sean válidos deberán ser tomados por mayoría de votos. En caso de empate, el voto de la Presidencia será de calidad. La propia Junta Directiva podrá establecer un procedimiento para la toma de decisiones de forma electrónica y no presencial siempre que quede garantizada la fehaciente identificación de sus miembros participantes para evitar el posible repudio posterior en sus votaciones.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 18.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Facultades</font> de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">Las facultades de la Junta Directiva se extenderán, con carácter general a todos los actos propios de las finalidades de la asociación, siempre que no requieran, según estos Estatutos, autorización expresa de la Asamblea General. Son facultades particulares de la Junta Directiva: </p> <p class="western">a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos. </p> <p class="western">b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General. </p> <p class="western">c) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General los presupuestos, los balances y las cuentas anuales. </p> <p class="western">d) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General el Reglamento de Régimen Interior.</p> <p class="western">e) Formular y someter a la aprobación de la Asamblea General la admisión de nuevos asociados. </p> <p class="western">f) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación, así como delegar parte de sus funciones a los responsables de Comisiones de Trabajo encargados de llevar a cabo objetivos de la asociación, en lo referente a la consecución de dichos objetivos parciales.</p> <p class="western">g) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 12, apartado i), relativo a la disposición y enajenación de bienes de la Asociación. </p> <p class="western">h) Aprobar los presupuestos anuales de la asociación.</p> <p class="western">i) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 19.- La <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Presidencia</font>.</h3> <p class="western">La Presidencia tendrá las siguientes atribuciones: </p> <p class="western">a) Representar legalmente a la Asociación ante toda clase de organismos públicos o privados. </p> <p class="western">b) Convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva. </p> <p class="western">c) Dirigir las deliberaciones de la Asamblea General y de la Junta Directiva. </p> <p class="western">d) Ordenar pagos. </p> <p class="western">e) Autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia. </p> <p class="western">f) Adoptar cualquier medida urgente que la buena marcha de la Asociación aconseje o en el desarrollo de sus actividades resulte necesaria o conveniente, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 20.- La <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Vicepresidencia</font>.</h3> <p class="western">La Vicepresidencia sustituirá a la Presidencia en ausencia de ésta, motivada por enfermedad o cualquier otra causa, y tendrá temporalmente las mismas atribuciones que ésta.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 21.- La Secretaría.</h3> <p class="western">La Secretaría dirigirá los trabajos puramente administrativos de la Asociación, expedirá certificaciones, llevará los libros de la Asociación legalmente establecidos y el fichero de asociados, y custodiará la documentación de la entidad, haciendo que se cursen las comunicaciones sobre designación de Juntas Directivas y demás acuerdos sociales inscribibles a los Registros correspondientes, así como el cumplimiento de las obligaciones documentales en los términos que legalmente correspondan.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 22.- La <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Tesorería</font>.</h3> <pre>La Tesorería recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las ordenes de pago que expida la Presidencia. </pre><h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 23.- Las Vocalías.</h3> <pre>Las Vocalías tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta les encomiende. </pre><h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 24.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Procedimientos</font> para la elección y sustitución de miembros de la Junta Directiva.</h3> <p class="western">La elección de los miembros de la Junta Directiva por la Asamblea General se realizará mediante la presentación de candidaturas, a las que se les facilitará la adecuada difusión. En caso de ausencia o enfermedad de algún miembro de la Junta Directiva, podrá ser suplido provisionalmente por otro de los componentes de ésta, previa designación por mayoría de sus miembros, salvo en el caso de la Presidencia que será sustituido por la Vicepresidencia y la secretaría que podrá ser adjudicada por la propia Junta Directiva a alguien no miembro de la asociación. Los miembros de la Junta Directiva cesarán: </p> <p class="western">a) Por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva. </p> <p class="western">b) Por espiración del mandato, conforme al Artículo 16 de los presentes estatutos. </p> <p class="western">c) Por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria convocada expresamente a tal efecto.</p> <p class="western">d) <span style="text-decoration: none"><span style="font-weight: normal">Los miembros de la Junta Directiva podrán causar baja</span></span> no voluntaria por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas ratificada la misma por al menos tres cuartos (¾) de los otros miembros de la Junta Directiva, o por espiración del mandato. </p> <p class="western">e) Las vacantes que se pudieran producir durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre el resto de miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General convocada al efecto. Para ello tendrá precedencia el vicepresidente sobre los vocales, y los vocales se ordenarán automáticamente por orden de edad, teniendo los mayores precedencia sobre los más jóvenes. La sustitución de un miembro cesado no implicará la asunción de su poder de voto.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western">CAPÍTULO VI. LOS <font face="DejaVu Sans, sans-serif">ASOCIADOS</font></h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 25.- Clases de asociados.</h3> <p class="western">a) La Asociación estará integrada, en calidad de socios numerarios, por personas jurídicas y personas físicas que realicen actividad comercial o económica relacionada con el software libre en cualquier campo y promuevan los objetivos de la Asociación. No podrá ser miembro numerario de la Asociación ninguna persona incursa en prohibición, incapacidad, incompatibilidad o inhabilitación para el ejercicio del comercio. Los socios numerarios deberán estar siempre al corriente en el pago de las cuotas que se fijen reglamentariamente; el impago de más de dos cuotas periódicas producirá la baja inmediata del socio.</p> <p class="western">b) La Asociación estará integrada, en calidad de socio suscriptor o protector, por personas físicas o jurídicas que tendrán voz pero no voto, obligándose sólo a contribuir económicamente en apoyo de las actividades que desarrolla la asociación así como participar en el desarrollo de los fines de la misma. </p> <p class="western">c) Por méritos contraídos con esta Asociación o por interés social, podrá la Junta Directiva proponer “socios honorarios” a personas físicas o jurídicas de cualquier actividad profesional. Estarán exentos de abonar cuotas y disfrutarán del derecho de voz, pero no de voto. La Asamblea General deberá aprobar tales nombramientos. La condición de asociado no es transmisible.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 26.- Admisión de socio numerario.</h3> <p class="western">Para la admisión como socio numerario de pleno derecho, será preceptivo: </p> <p class="western">1º) Acreditar el ejercicio de actividades empresariales o profesionales relacionadas con el desarrollo, comercialización, mantenimiento, difusión y/o utilización significativa de herramientas de software libre, realizando una presentación de la empresa ante la Junta Directiva. Se primarán en la evaluación de admisión aquellas empresas y profesionales solicitantes cuyo modelo de negocio esté basado en el software libre y los estándares abiertos.</p> <p class="western">2º) Solicitarlo por escrito a la Presidencia de la Asociación y el refrendo de dicha solicitud por parte de la Junta Directiva. En caso de denegarse, podrá ser recurrido por el solicitante ante la Asamblea General más próxima tras la denegación.</p> <p class="western">3º) El refrendo de la solicitud por parte de la Asamblea General como socio numerario por dos tercios de los votos emitidos en la Asamblea General.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 27.- Derechos de los asociados.</h3> <p class="western">Son derechos de los socios: </p> <p class="western">a) Elegir y ser elegido para puestos de representación y cargos directivos. </p> <p class="western">b) Intervenir y dar su voto, que será libre, en la Asamblea dentro del orden del día. </p> <p class="western">c) Informar y ser informados de la actividad de la Asociación y de las cuestiones que les afecten. La Asociación articulará las medidas necesarias para que los socios conozcan el estado económico de la Asociación. En concreto, y con independencia de cualquier otra medida que se establezca, se permitirá que en todo momento los socios, previa petición a la Junta Directiva, tengan acceso y puedan examinar las cuentas de la Asociación. </p> <p class="western">d) Intervenir, conforme a las normas legales o estatutarias, en la gestión económica y administrativa de la Asociación. </p> <p class="western">e) Utilizar los servicios que la Asociación ponga a disposición de los mismos, así como las instalaciones sociales. </p> <p class="western">f) Hacer pública su condición de asociado, respetando las limitaciones que la Asociación establezca para esta publicidad. </p> <p class="western">g) Proponer a la Junta Directiva acciones relacionadas con el desarrollo, comercialización, mantenimiento, difusión y utilización de herramientas de software libre o de fuentes abiertas.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 28.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Plenitud</font> de derechos.</h3> <p class="western">La plenitud de los derechos mencionados en el artículo anterior son exclusivos de los socios numerarios. Los socios honorarios sólo tendrán los derechos que otorgan los apartados f) y g) del artículo anterior. Será necesario para ejercer los derechos atribuidos a los socios que éstos consten debidamente inscritos en el Libro de Socios abierto al efecto, debiendo asimismo constar las personas físicas que en su caso les representen con carácter permanente en los órganos de la Asociación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 29.- Deberes de los asociados.</h3> <p class="western">Son deberes de los socios: Compartir las finalidades de la Asociación y colaborar para la consecución de las mismas. Asistir a la Asamblea General salvo causa justificada. Participar en la elección de representantes y directivos de la Asociación. Ajustarse en sus actuaciones a las leyes y normas estatutarias. Cumplir los acuerdos válidamente adoptados por la Asociación. Respetar la libre manifestación de pareceres y no entorpecer, ni aún indirectamente, las actividades de la Asociación. Estar al corriente en el pago de las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los Estatutos, puedan corresponder a cada asociado, salvo los de honor. Desempeñar fielmente las obligaciones inherentes al cargo que ocupen. Acatar los Estatutos Sociales, y las Normas Complementarias que en su caso se elaboren para la aplicación y desarrollo de los mismos, cumpliendo con las obligaciones que resulten de las mismas.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 30.- Sanciones y causas de pérdida de la condición de asociado.</h3> <p class="western">Los asociados que incumplan los deberes enunciados en el artículo anterior, los fines perseguidos en los Estatutos, sus principios o los reglamentos o las normas de desarrollo interno, podrán ser objeto de apercibimiento, sanción, suspensión o expulsión de la Asociación. En los supuestos de sanción y separación de los asociados, se informará en todo caso al afectado de los hechos que puedan dar lugar a tales medidas, y se le oirá previamente, debiendo ser motivado el acuerdo que, en tal sentido, se adopte. Se perderá la condición de asociado por alguna de las causas siguientes: </p> <p class="western">a) Por renuncia voluntaria, comunicada por escrito a la Junta Directiva. </p> <p class="western">b) Por incumplimiento de sus obligaciones económicas. En el caso de los socios numerarios el impago de más de dos cuotas periódicas producirá la baja inmediata del socio. </p> <p class="western">c) Por conducta incorrecta, por desprestigiar a la Asociación o a sus fines, con hechos o palabras que perturben gravemente los actos organizados por la misma y la normal convivencia entre los asociados. </p> <p class="western">d) Por cometer infracciones muy graves, conforme a lo establecido en el Régimen Disciplinario de los presentes Estatutos. Si un asociado se da baja o es expulsado, la Asociación podrá exigirle, por todos los medios a su alcance, el cumplimiento de las obligaciones sociales que tuviera pendientes hasta ese momento.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO VII. <font face="DejaVu Sans, sans-serif">RÉGIMEN</font> DISCIPLINARIO: INFRACCIONES, SANCIONES, PROCEDIMIENTO Y PRESCRIPCIÓN.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 31.- Normas generales.</h3> <p class="western">En el ejercicio de la potestad disciplinaria se respetarán los criterios de: La debida proporcionalidad con la gravedad de la infracción, atendiendo a la naturaleza de los hechos, las consecuencias de la infracción y la concurrencia de circunstancias atenuantes o agravantes. La inexistencia de doble sanción por los mismos hechos. La aplicación de los efectos retroactivos favorables. La prohibición de sancionar por infracciones no tipificadas con anterioridad al momento de su comisión. La responsabilidad disciplinaria se extingue en todo caso por: </p> <ol><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2">El cumplimiento de la sanción.</font></font></p> </li><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2">La prescripción de la infracción. </font></font> </p> </li><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2">La prescripción de la sanción. </font></font> </p> </li><li><p style="margin-bottom: 0cm" class="western"><font face="DejaVu Sans Mono, sans-serif"><font size="2" style="font-size: 11pt"><font size="2">El fallecimiento del infractor.</font> </font></font> </p> <p style="margin-bottom: 0cm" class="western"> </p> </li></ol> <p class="western">Para la imposición de las correspondientes sanciones disciplinarias se tendrán en cuenta las circunstancias agravante de la reincidencia, y atenuante de arrepentimiento espontáneo. Hay reincidencia cuando el autor de la falta hubiese sido sancionado anteriormente por cualquier infracción de igual gravedad, o por dos o más que lo fueran de menor. La reincidencia se entenderá producida en el transcurso de 1 año, contado a partir de la fecha en que se haya cometido la primera infracción.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 32.- Infracciones.</h3> <p class="western">Las infracciones contra el buen orden social susceptibles de ser sancionadas se clasifican en leves, graves y muy graves.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 33.- Infracciones Muy Graves.</h3> <p class="western">Tienen la consideración de infracciones disciplinarias MUY GRAVES: </p> <ol><li><p class="western">Todas aquéllas actuaciones que perjudiquen u obstaculicen la consecución de los fines de la asociación, cuando tengan consideración de muy graves.</p> </li><li><p class="western">El incumplimiento o las conductas contrarias a las disposiciones estatutarios y/o reglamentarias de la Asociación, cuando se consideren como muy graves. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la asociación, cuando se consideren muy graves. </p> </li><li><p class="western">La protesta o actuaciones airadas y ofensivas que impidan la celebración de asambleas o reuniones de la Junta Directiva. </p> </li><li><p class="western">Participar, formular o escribir, mediante cualquier medio de comunicación social, manifestaciones que perjudiquen de forma muy grave la imagen de la asociación. </p> </li><li><p class="western">La usurpación ilegítima de atribuciones o competencias sin contar con la preceptiva autorización del órgano competente de la entidad. </p> </li><li><p class="western">Agredir, amenazar o insultar gravemente a cualquier asociado. </p> </li><li><p class="western">La inducción o complicidad, plenamente probada, a cualquier socio en la comisión de las faltas contempladas como muy graves. </p> </li><li><p class="western">El quebrantamiento de sanciones impuestas por falta grave o muy grave.</p> </li><li><p class="western">Todas las infracciones tipificadas como leves o graves y cuyas consecuencias físicas, morales o económicas, plenamente probadas, sean consideradas como muy graves. </p> </li><li><p class="western">En general, las conductas contrarias al buen orden social, cuando se consideren muy graves.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 34.- Infracciones Graves.</h3> <p class="western">Son infracciones punibles dentro del orden social y serán consideradas como GRAVES: </p> <ol><li><p class="western">El quebrantamiento de sanciones impuestas por infracciones leves.</p> </li><li><p class="western">Participar, formular o escribir mediante cualquier medio de comunicación social, manifestaciones que perjudiquen de forma grave la imagen de la asociación. </p> </li><li><p class="western">La inducción o complicidad, plenamente probada, de cualquier asociado en la comisión de cualquiera de las faltas contempladas como graves. </p> </li><li><p class="western">Todas las infracciones tipificadas como leves y cuyas consecuencias físicas, morales o económicas, plenamente probadas, sean consideradas graves. </p> </li><li><p class="western">La reiteración de una falta leve. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento o las conductas contrarias a las disposiciones estatutarias y/o reglamentarias de la asociación, cuando se consideren como graves. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento de los acuerdos válidamente adoptados por los órganos de la asociación, cuando tengan la consideración de grave. </p> </li><li><p class="western">En general, las conductas contrarias al buen orden social, cuando se consideren como graves.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 35.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Infracciones</font> Leves.</h3> <p class="western">Se consideran infracciones disciplinarias LEVES: </p> <ol><li><p class="western">La falta de asistencia durante cuatro ocasiones consecutivas a las asambleas generales, sin justificación alguna.</p> </li><li><p class="western">El impago de tres cuotas consecutivas, salvo que exista causa que lo justifique a criterio de la Junta Directiva. </p> </li><li><p class="western">Todas aquéllas conductas que impidan el correcto desarrollo de las actividades propias de la asociación, cuando tengan la consideración de leve. </p> </li><li><p class="western">El maltrato de los bienes muebles o inmuebles de la Asociación. </p> </li><li><p class="western">Toda conducta incorrecta en las relaciones con los socios. </p> </li><li><p class="western">La inducción o complicidad, plenamente probada, de cualquier asociado en la comisión de las faltas contempladas como leves. </p> </li><li><p class="western">El incumplimiento o las conductas contrarias a las disposiciones estatutarias y/o reglamentarias de la entidad, cuando se consideren como leves. </p> </li><li><p class="western">En general, las conductas contrarias al buen orden social, cuando se consideren como leves.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 36.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Infracciones</font> de los miembros de la Junta Directiva.</h3> <ol><li><p class="western">Se consideran infracciones MUY GRAVES: La no convocatoria en los plazos y condiciones legales, de forma sistemática y reiterada, de los órganos de la asociación. La incorrecta utilización de los fondos de la entidad. El abuso de autoridad y la usurpación ilegítima de atribuciones o competencias. La inactividad o dejación de funciones que suponga incumplimiento muy grave de sus deberes estatutarios y/o reglamentarios.</p> </li><li><p class="western">Se consideran infracciones GRAVES: No facilitar a los asociados la documentación de la entidad que por éstos le sea requerida (estatutos, actas, normas de régimen interno, etc.). No facilitar el acceso de los asociados a la documentación de la entidad. La inactividad o dejación de funciones cuando causen perjuicios de carácter grave al correcto funcionamiento de la entidad. </p> </li><li><p class="western">Tienen la consideración de infracciones LEVES: La inactividad o dejación de funciones, cuando no tengan la consideración de muy grave o grave. La no convocatoria de los órganos de la asociación en los plazos y condiciones legales. Las conductas o actuaciones contrarias al correcto funcionamiento de la Junta Directiva. La falta de asistencia a una reunión de la Junta Directiva, sin causa justificada.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 37.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Sanciones</font>.</h3> <p class="western">Las sanciones susceptibles de aplicación por la comisión de infracciones muy graves, relacionadas en el artículo 33, serán la pérdida de la condición de asociado o la suspensión temporal en tal condición durante un período de un año a cuatro años, en adecuada proporción a la infracción cometida. Las infracciones graves, relacionadas en el artículo 34, darán lugar a la suspensión temporal en la condición de asociado durante un período de un mes a un año. La comisión de las infracciones de carácter leve darán lugar, por lo que a las relacionadas en el artículo 35 se refieren, a la amonestación o a la suspensión temporal del asociado por un período de un mes. Las infracciones señaladas en el artículo 36 darán lugar, en el caso de las muy graves al cese en sus funciones de miembro de la Junta Directiva y, en su caso, a la inhabilitación para ocupar nuevamente cargos en el órgano de gobierno; en el caso de las graves, el cese durante un período de un mes a un año, y si la infracción cometida tiene el carácter de leve en la amonestación o suspensión por el período de un mes.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 38.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Procedimiento</font> sancionador.</h3> <p class="western">Para la adopción de las sanciones señaladas en los artículos anteriores, se tramitará de un expediente disciplinario, en el cual el asociado tiene derecho a ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él, y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado, en su caso, el acuerdo que imponga la sanción. La instrucción de los procedimientos sancionadores corresponde a la Junta Directiva, nombrándose a tal efecto por ésta, los miembros de la misma que tengan encomendada dicha función; caso de tramitarse expediente contra un miembro de la Junta Directiva éste no podrá formar parte del órgano instructor, debiendo abstenerse de intervenir y votar en la reunión de la Junta Directiva que decida la resolución provisional del mismo. El órgano instructor de los procedimientos disciplinarios estará formado por un Presidente y un Secretario. El Presidente ordenará al Secretario la práctica de aquéllas diligencias previas que estime oportunas al objeto de obtener la oportuna información sobre la comisión de infracción por parte del asociado. A la vista de esta información la Junta Directiva podrá mandar archivar las actuaciones o acordar la incoación de expediente disciplinario. En este último caso, el Secretario pasará al interesado un escrito en el que pondrá de manifiesto los cargos que se le imputan, a los que podrá contestar alegando en su defensa lo que estime oportuno en el plazo de 15 días, transcurridos los cuales, se pasará el asunto a la primera sesión de la Junta Directiva, la cual acordará lo que proceda; el acuerdo debe ser adoptado por las tres cuartas (¾) partes de los miembros de dicho órgano de representación. La resolución que se adopte tendrá carácter provisional. El asociado podrá formular recurso ante la Asamblea General en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a aquél en que reciba la resolución. De no formularse recurso en el plazo indicado, la resolución deviene firme. La Asamblea General, adoptará la resolución que proceda en relación con el expediente disciplinario o sancionador; no podrá formar parte de esta Asamblea General el presunto infractor, la resolución que adopte la misma deberá ser aprobada por las tres cuartas (¾) partes de los miembros de la misma.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 39.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Prescripción</font>.</h3> <p class="western">Las infracciones prescribirán a los tres (3) años, al año (1) o al mes (1), según se trate de las muy graves, graves o leves, comenzándose a contar el plazo de prescripción al día siguiente al efectivo conocimiento por parte de la Junta Directiva de la comisión de la infracción. El plazo de prescripción se interrumpirá por la iniciación del procedimiento sancionador, con conocimiento del interesado, pero si éste permaneciese paralizado durante un mes por causa no imputable al asociado, volverá a correr el plazo correspondiente. Las sanciones prescribirán a los tres años, al año o al mes, según se trate de las que correspondan a infracciones muy graves, graves o leves, comenzándose a contar el plazo de prescripción desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza la resolución por la que se impuso la sanción.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO VIII. RÉGIMEN DE FINANCIACIÓN, CONTABILIDAD Y DOCUMENTACIÓN.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 40.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Obligaciones</font> documentales y contables.</h3> <p class="western">La Asociación dispondrá de una relación actualizada de asociados. Asimismo, llevará una contabilidad donde quedará reflejada la imagen fiel del patrimonio, los resultados, la situación financiera de la entidad y las actividades realizadas. También dispondrá de un inventario actualizado de sus bienes. En un Libro de Actas, figurarán las correspondientes a las reuniones que celebren sus órganos de gobierno y representación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 41.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Patrimonio</font> fundacional.</h3> <p class="western">El patrimonio inicial de la Asociación asciende a cero (0) euros.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 42.- Recursos económicos de la Asociación.</h3> <p class="western">Los recursos económicos previstos por la Asociación para el desarrollo de las actividades sociales, son los siguientes: </p> <ol><li><p class="western">Las cuotas de entrada.</p> </li><li><p class="western">Las cuotas de socios, periódicas o extraordinarias, que acuerde la Asociación. </p> </li><li><p class="western">Los derivados de los bienes y derechos que le correspondan, así como las subvenciones, legados y donaciones que pueda recibir en forma legal por parte de los asociados o de terceras personas. </p> </li><li><p class="western">Los ingresos procedentes de la venta externa de servicios, publicaciones, artículos, objetos, ediciones o análogos en que intervenga la Asociación en aras de la consecución de sus fines sociales. La prestación de estos servicios y la entrega de estos bienes cuando se efectúen directamente a los miembros de la Asociación será de carácter gratuito para los socios, no percibiéndose de los mismos por tales operaciones contraprestación alguna distinta de las cotizaciones fijadas en los Estatutos o por la Asamblea General.</p> </li><li><p class="western">Cualquiera otra aportación que conforme a la legalidad vigente obtenga para ser destinada a la consecución de sus fines.</p> </li><li><p class="western">Las donaciones efectuadas a la asociación, tanto las no específicas como las dedicadas para la elaboración de cualquiera de los proyectos o actividades elaborados por la asociación.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 43.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Ejercicio</font> asociativo y económico.</h3> <p class="western">El ejercicio asociativo y económico será anual y su cierre tendrá lugar el 31 de diciembre de cada año.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO IX. <font face="DejaVu Sans, sans-serif">MODIFICACIÓN</font> DE ESTATUTOS Y NORMAS DE RÉGIMEN INTERNO.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 44.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Modificación</font> de Estatutos.</h3> <p class="western">Los Estatutos de la asociación podrán ser modificados cuando resulte conveniente a los intereses de la misma, por acuerdo de la Asamblea General convocada específicamente al efecto. El acuerdo de modificar los estatutos requiere el voto favorable de las tres cuartas (3/4) partes de los socios integrantes de la Asociación.</p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 45.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Normas</font> de régimen interno.</h3> <p class="western">Los presentes estatutos podrán ser desarrollados mediante normas de régimen interno, aprobadas por acuerdo de la Asamblea General por mayoría simple de los socios presentes o representados.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> CAPÍTULO X. <font face="DejaVu Sans, sans-serif">DISOLUCIÓN</font> Y LIQUIDACIÓN DE LA ASOCIACIÓN.</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">Artículo 46.- <font face="DejaVu Sans, sans-serif">Disolución</font> de la Asociación.</h3> <p class="western">La asociación se disolverá: </p> <ol><li><p class="western">Por voluntad de los asociados expresada mediante acuerdo de la Asamblea General convocada al efecto, con el voto favorable de 2/3 de socios presentes.</p> </li><li><p class="western">Por imposibilidad de cumplir los fines previstos en los estatutos apreciada por acuerdo de la Asamblea General. </p> </li><li><p class="western">Por sentencia judicial.</p> </li></ol> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western"> Artículo 47.- Comisión <font face="DejaVu Sans, sans-serif">liquidadora</font>.</h3> <p class="western">En caso de disolverse la Asociación, la Asamblea General que acuerde la disolución, nombrará una Comisión Liquidadora, compuesta por dos personas, esta Comisión Liquidadora se hará cargo de los fondos que existan. Una vez satisfechas las obligaciones sociales frente a los socios y frente a terceras personas, el patrimonio social sobrante, si lo hubiere, será entregado a asociaciones con fines similares para realizar actividades sin ánimo de lucro o a la Free Software Foundation, según decida la Asamblea General que acuerde la disolución, y en última instancia, a beneficencia.</p> <h2 style="page-break-after: avoid" class="western"> ANEXO. DEFINICIONES</h2> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">a) Definición de software libre</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “software libre” recogida en la Ley 11/2007 de España bajo el término “aplicaciones de fuentes abiertas” y que establece en su Anexo:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>Aplicación de fuentes abiertas: Aquella que se distribuye con una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros usuarios.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">b) Definición de estándar abierto</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “estándar abierto” provista a fecha de constitución por el Proyecto Estándares Abiertos (<a href="http://www.estandaresabiertos.org/">www.EstandaresAbiertos.org</a>) y que establece:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western" align="justify"> “<em>De acuerdo con el Marco Europeo de Interoperabilidad, un estándar abierto es aquel:</em></p> <ul><li><p class="western" align="justify"><em>adoptado y mantenido por una entidad sin ánimo de lucro, abierta a todas las partes interesadas;</em></p> </li><li><p class="western" align="justify"><em>publicado y cuya especificación está disponible de forma gratuita o a precio simbólico;</em></p> </li><li><p class="western" align="justify"><em>cuya propiedad intelectual e industrial se ofrece de forma irrevocable libre de regalías;</em></p> </li><li><p class="western" align="justify"><em>no hay restricciones en cuanto a la reutilización del estándar.</em></p> </li></ul> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western" align="justify"> <em>También serán considerados a los efectos estándares abiertos aquellos que aun no cumpliendo la primera condición expuesta, demuestren contar con una implementación de referencia completa del estándar cuyo código esté íntegramente cubierto por licencias libres aprobadas por la OSI.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">c) Definición de interoperabilidad</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “interoperabilidad” recogida en la Ley 11/2007 de España y que establece en su Anexo:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>Interoperabilidad: Capacidad de los sistemas de información, y por ende de los procedimientos a los que éstos dan soporte, de compartir datos y posibilitar el intercambio de información y conocimiento entre ellos.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">d) Definición de neutralidad tecnológica</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición reformulada de “neutralidad tecnológica” recogida en la Ley 11/2007 de España y que establece en sus Principios que:</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>Neutralidad tecnológica: el derecho de los ciudadanos y las administraciones a no ser discriminados en función de su legítima elección de aplicaciones informáticas siempre que éstas se basen en estándares abiertos a la hora de interoperar.”</em></p> <h3 style="page-break-after: avoid" class="western">e) Definición de patente de software</h3> <p class="western">La Asociación adopta como propia la definición de “patente de software” y “patente de procedimiento” o, generalizando “patente intelectual”, la dada por la Foundation for a Free Information Infrastructure (FFII):</p> <p style="margin-left: 1.25cm; text-indent: 0.5cm" class="western">“<em>patente de software es aquella patente que cubre cualquier funcionalidad o método de una computadora obtenido mediante un programa de computadora”</em></p> <p class="western"><br /><br /> </p>